Llevo tres meses sin ver a mi hija, ¿qué más puedo hacer?
Realizada por padre. 31 mar 2014
Llevo más de tres meses sin ver a mi hija, (desde que caducaron las medias provisionales de un mes), a mi abogada le llego un correo electrónico de su abogada diciendo que no fuese más al colegio a recoger la niña, ya que yo la veía miércoles y fines de semanas alternos, como dictó la sentencia de un juicio rápido.
He puesto una denuncia en el juzgado hace un mes pidiendo medidas urgentes y mi abogada a puesto una demanda donde pedimos la custodia, y medidas urgentes, a parte he puesto dos denuncias por incumplimiento de sentencia ya que en dos ocasiones se ha acercado a mí y tiene una orden de alejamiento de 100 metros, porque es muy agresiva.
Pero aun así llevo tres meses sin ver a mi hija, qué mas puedo hacer para que esto vaya más rápido o me den unas medidas urgentes ya que aun no he recibido respuesta de las denuncias que he puesto, incluyendo las de incumplimiento de orden de alejamiento, que por ser ella mujer y yo el hombre en este caso parece que no hay consecuencias.
Mi pregunta es ¿qué más se puede hacer?
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Sólo le queda tener un poco de paciencia y esperar, pues su abogada está llevando a cabo las actuaciones pertinentes. Un saludo.
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¿Y de cuánto tiempo se puede estar hablando hasta que se pongan nuevas medidas provisionales más o menos?
¿Y qué ocurrirá con las denuncias por saltarse la orden de alejamiento?
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Gracias por su respuesta, ¿y qué ocurre con el incumplimiento de la orden de alejamiento ya que tengo puesta dos denuncias? ¿Habrá un juicio rápido o se adjuntará para la vista de separación? Las denuncias las puse hace como un mes.
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Debe seguir las pautas que le marque el abogado que le está llevando el procedimiento. Saludos.
Al haber transcurrido el plazo de 30 días establecido para las medidas provisionales, tendrá que esperar hasta que el Juzgado acuerde unas nuevas medidas provisionales al conocer la demanda presentada.
Lamentablemente, no tiene otra opción, ya que no existe ningún incumplimiento por parte de la madre, ya que ambos progenitores ostentan por igual la patria potestad sobre su hija, y al igual que está con ella, podría estar con Vd., hasta que se dicten las medidas provisionales.