¿Le puedo impedir ver a la nena si no me pasa la manuntención?
La cobra pero no me la da a mí.
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No puede, si lo hace él la podría denunciar por vía penal (falta de incumplimiento régimen de visitas), o reclamar cumplimiento de la sentencia que fija las visitas ejecutando la misma por vía civil. Lo que Vd puede hacer si él no paga la pensión de alimentos, es ejecutar la Sentencia para que se le embargue nómina, cuentas, etc También lo puede denunciar por vía penal por delito de impago de pensiones. Somos un despacho de abogados de Barcelona, quedamos a su disposición.
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Buenas tardes, la respuesta a su pregunta es claramente NO, es un derecho del menor el relacionarse con ambos progenitores, usted no puede impedirle ver a su padre. Eso no es óbice para que interponga denuncias por no pasarle la manutención, para un mejor asesoramiento quedo a su disposición. Un saludo.
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Buenas tardes Luciana.
No, que el padre no pase la pensión de alimentos, no es razón para impedir ver a su hija, ya que existen mecanismos para obligarle al pago.
Lo que debe hacer es instar una demanda de ejecución de sentencia, en el caso de que exista un convenio y si no, instar una demanda de divorcio.
Si lo desea puedo ponerse en contacto conmigo para ampliar la información y de esa manera poder aconsejarle mejor, e incluso poderle llevar su caso. Saludos.
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Estimada Sra.
Debe interponer demanda por el régimen de alimentos, en caso que sea como comenta. Eso no impide el régimen de visitas, si no hay nada que interfiera en el buen desarrollo de la niña. Desconocemos los motivos por los que no pasa dicha manutención a la niña, para valorar más el asunto.
Saludos.
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Buenos días,
El hecho de que el padre de su hija no le abone la pensión no es excusa para que le impida ver a la niña; ambas cosas son aspectos distintos. Otra cosa es que usted le denuncie o lo demande por incumplimiento de la obligación que tiene dicho sr. Quedo a su disposición. Cordialmente,
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Buenos días:
Ud. no puede impedir al padre ver a su hija por no pagarle la pensión alimenticia.
En cambio, si él tiene recursos y no abona la pensión, puede tanto denunciarle por vía penal como ejecutar la sentencia por vía civil.
Saludos cordiales.
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