La parte arrendataria no me devuelve la fianza.

Realizada por mayte. 21 mar 2017 Administración de fincas

Mi consulta es la siguiente:

Alquilamos un piso en Madrid. El día 13 de septiembre del 2015 se hizo entrega de una fianza y en noviembre del 2016 decidimos dejar la vivienda avisando previamente según estipulaba contrato.

Pactamos por ambas partes una carencia de 13 días con un coste económico de 290.50€.

A fecha de hoy el importe no ha sido devuelto no habiendo existido en su momento ningún desperfecto, pago pendiente u otro motivo.

A pesar de mis infructuosos intentos telefónicos para una solución amistosa lo único que he conseguido ha sido su silencio por respuesta.

¿Merece la pena reclamar dicha cantidad por vía judicial teniendo en cuenta que ya han pasado casi 5 meses?

Gracias y un saludo.

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Estimada Mayte:

En mi opinión usted es la que debe decidir si le merecen los 290.50 euros. Pienso que es una cantidad considerable y que no está de más acudir ala vía judicial para reclamar dicha cantidad.

Existe un procedimiento en la ley previsto para cuando se trata de cantidades inferiores a los 2.000 euros, que es sencillo de tramitar.

Pero antes de acudir a la vía judicial, le recomiendo que se procure pruebas, que en este caso vendrían dadas por reclamar formalmente la cantidad a la persona que se la adeuda.

Debe tratarse de una reclamación fehaciente (burofax por ejemplo), que usted le remita a esa persona indicándole (aunque ya lo sepa) que le adeuda esa cantidad y en concepto de qué.

Una vez disponga de dicha prueba y si finalmente ese requerimiento formal no fue satisfactoriamente atendido por la otra parte, le recomiendo acudir a la vía judicial.

Espero haberla ayudado. Quedo a su disposición para esta y cualesquiera otras consultas.

Graciela Rodríguez Abogado en Santa Cruz de la Palma

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