¿La parte arrendadora puede utilizar mi fianza para cualquier arreglo?

Realizada por Jérémy. 25 mar 2013

Buenos días, tras firmar el contrato de resolución con mi propietaria apuntando unos ligeros desperfectos, la señora utilizó mi fianza para pintar y reformar la casa sin avisarme previamente. Sólo me mandó una factura con unos importes surrealistas para unos arreglos que no figuraban en el contrato de resolución cuando llevaba 15 días reclamando un presupuesto y no una factura. ¿No tengo derecho a hacer una contra oferta para arreglar los desperfectos? ¿Además, la señora puede cobrarme unos desperfectos que no han sido constatados por ambas partes, sin avisarme? Creo que mi propietaria olvidó que el dinero entregado con concepto de fianza me pertenecía y que no puede disponer de ello para reformar su vivienda. Hablamos de unos arreglos de 1830 euros tras una estancia de sólo un año. Gracias de antemano por su respuesta.

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El destino del dinero entregado como fianza en un arrendamiento es el de poder luego realizar todas aquellas reparaciones que sean necesarias en la vivienda, siempre y cuando éstas se deban al mal uso del inquilino, y no se puede usar este dinero para llevar a cabo más reparaciones que aquellas.

En cualquier caso, si en el momento de resolver el contrato y entregar las llaves, firmaste un contrato de resolución en el que reconocías los desperfectos causados a la vivienda, sólo estos desperfectos son los que podrá arreglar con el dinero de la fianza que entregaste, y el dinero que no necesite para ese fin habrá de devolvértelo.

Por tanto, si realmente la factura de reparación que te ha enviado incluye conceptos que no se incluyeron en el contrato de resolución del arrendamiento, y que por tanto no están reconocidos por ti, son conceptos que no debes soportar tú, por lo que tendrá que devolverte la diferencia existente entre el coste de las reparaciones reconocidas como necesarias por ti y el total abonado en concepto de fianza.

Jennifer Alarcón Abogada Abogado en Hellín

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