¿La nueva ley es con carácter retroactivo?
He montado una S.L hace dos meses, ¿me puedo beneficiar de la limitación de la responsabilidad frente a las deudas, de la nueva ley? Gracias.
He montado una S.L hace dos meses, ¿me puedo beneficiar de la limitación de la responsabilidad frente a las deudas, de la nueva ley? Gracias.
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Buenas tardes,
No sé a que deudas puedas referirte, pero sí te puedo decir que las S.L. siempre han tenido su responsabilidad limitada al capital de la misma. Por ello se trata de una SOCIEDAD LIMITADA.
En cualquier caso, ello será así siempre y cuando las deudas a las que te refieras sean parte del funcionamiento normal de la entidad y no se hayan producido por una mala administración de forma deliberada, pues ese comportamiento podría llegar a constituir un delito.
Un saludo,
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