La empresa me debe 4 meses, ¿si denuncio puede seguir trabajando allí?

Realizada por AGUSTIN GONZALEZ. 18 oct 2012

Hola,

me llamo Agustín y mi empresa me debe 3 meses, casi 4, y no tengo perspectiva de cobrar. ¿Cómo podría rescindir el contrato? ¿Después de denunciarlo puedo seguir trabajando allí?

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Usted debe denunciar las deudas de la empresa. Si la empresa, por haberle denunciado le despide, se enfrenta un problema que podría ser incluso de índole penal. De todas formas, como intuyo que usted no tiene interés en seguir trabajando allí, lo mejor es que les reclame judicialmente las cantidades que le deben, por si tuviera aún usted posibilidad de cobrarlas. Una cosa es que el juzgado le reconozca la deuda a usted y otra que usted pueda cobrar esa deuda a la empresa, si esta no tiene liquidez ni ningún bien susceptible de embargo.

Un cordial saludo.

Jaime López Collado Abogado en Barcelona

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Buenas Tardes Agustin, leídas tus preguntas, paso a contestarlas:
Cuando una empresa deja de pagar, no lo hace de forma inmediata, siempre hay signos que indican que algo no funciona.
En segundo lugar, yo siempre aconsejo, intentar negociar el primer mes de no pago, y si no hay solución, empezar con una demanda de cantidad, por los salarios dejados de percibir.

El segundo y tercer más de lo mismo, pero a su vez, intentaria a través de demanda, solicitar la rescisión de la relación laboral...
Muchos colegas, no estarian de acuerdo con tanta demanda, pero tiene sus ventajas, mejor será que lo consultes con un abogado, y como consejo particular, si una empresa lleva tres meses sin pagarte, es imposible que se solucione.

Un saludo

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Estimado Agustin,
Usted puede hacer dos cosas:
1. Denunciar el impago salarial, y seguir trabajando allí.
2. Denunciar el impago salarial y pedir la rescisión del contrato por impago solicitando además una indemnización.

Atentamente,
Estefanía Gil

Gil & Asociados - Abogados En Toledo Abogado en Toledo

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Buenos días Agustín,
En cuanto a su consulta, lo que se debería hacer es iniciar un procedimiento de extinción de la relación laboral por voluntad del trabajador por falta de pago de los salarios. En este proceso se reclamarían los salarios adeudados y una indemnización que sería equivalente a la de despido improcedente. En cuanto a que si podría seguir trabajando en la empresa, la respuesta es que sí, en teoría, puesto que su contrato seguiría vigente, pero en la práctica la empresa ante estos actos suelen tomar la medida de despido. Otra opción que se podría plantear es la de un procedimiento de reclamación de cantidad por los salarios adeudados exclusivamente.

Si quiere se puede poner en contacto conmigo y le ampliaré la información. Un saludo

Rae Legal Abogado Abogado en Parla

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Lo que debe hacer es presentar papeleta de conciliación reclamando los salarios que le deben, no sólo puede demandarles (la papeleta de conciliación es el primer paso) sino que además no pueden despedirle, si le despidiesen el mismo sería NULO, así que no pierda el tiempo ni tenga miedos. Presente la papeleta de conciliación y si no se avienen y demande.

A su disposición,
Saludos

Escertia Abogados Madrid y Asturias Abogado en Madrid

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Hola, Agustín,
podrá reclamar las cantidades impagadas, o bien solicitar la resolución del contrato por incumplimiento del empresario, con la indemnización correspondiente como si se tratara de un despido, junto con la liquidación y las mensualidades adeudadas, todo ello acumulado. En el primer caso, con independencia de reclamar las rentas, seguirá trabajando para la empresa. Deberá presentar una papeleta de conciliación previa ante el Servicio Mediación de su Comunidad Autonóma. Caso de no llegar a un acuerdo, se iniciaría la vía laboral. No precisa abogado, pero sí muy recomendable. En caso de estar interesado quedamos a su disposición.

Asesores Legales Alcalá 59 Abogado en Madrid

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