¿La citación para la conciliación debe hacerse oral o por escrito?
¿Para yo asistir a la conciliación me debe llegar una carta o me pueden llamar para notificarme?
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Por escrito siempre, carta certificada, puesto que por teléfono es imposible que quede constancia de quien recibió la llamada o el día en que se hizo.
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López e Turnes abogadas
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Lo lógico es que te citen de forma fehaciente, aunque en algunos Juzgados, porque se les ha pasado y llega la fecha de la conciliación y ya no hay tiempo de enviar un correo certificado con acuse de recibo, a veces utilizan una simple llamada teléfonica. Si se comparece, ya está solventada la falta de citación fehaciente pero, si no se comparece, se podría pedir una nulidad de actuaciones por la falta de citación en la forma legalmente prevista. No sé bien cuál es tu problema pero, en todo caso, si no te citan debidamente no tienes por qué darte por notificada.
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La notificación debe ser fehaciente, debe quedar constancia de que te han notificado.
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