Justificación de préstamo cancelado

Realizada por jose. 26 abr 2016 Abogados online

Uno de mis hermanos le hizo a mi padre un préstamo de 150.000 euros (privativo para mi padre) y firmaron un contrato. Mi padre falleció, mi madre renunció a la herencia y todos los hijos aceptamos la herencia. Unos meses después de fallecer mi padre, mi madre devolvió íntegramente el préstamo a mi hermano, pero lo hizo en varios pagos en efectivo y sin firmar documento alguno. Las relaciones entre los hermanos se deterioraron y ahora mi hermano amenaza con reclamarnos a los demás la deuda el día que mi madre no esté. La deuda no figura en la liquidación de la sociedad de gananciales que se hizo para la herencia ni se declaró en el impuesto de sucesiones. Según el contrato, que no fue renovado, vencía en diciembre de 2012, antes del fallecimiento de mi padre.

Mi madre es una persona mayor y enferma y no queremos amargarla con las disputas de sus hijos, aunque creemos que mi hermano no se atrevería a sostener que la deuda sigue viva delante de ella.

La pregunta es ¿cómo puedo hacer que mi hermano reconozca que la deuda está saldada? He consultado con un abogado y me dice que le envíe un burofax diciendo que, aunque creo que la deuda está saldada, que me confirme si sigue existiendo porque quiero liquidarla, pero me da pocas esperanzas de que eso fuera útil en un juicio en caso de que no contestara, como seguramente haría. Si contestara diciendo que la deuda existe, probablemente mi madre le obligaría a firmar que recibió el dinero.

¿Existe alguna manera de que pueda obligar a mi hermano a decir si el préstamo ha sido o no cancelado?

He pensado en grabar una conversación con mi madre hablando de que el préstamo está cancelado, incluso en intentar grabar también a mi hermano. ¿Esa grabación sería útil?

Por último, si a pesar del disgusto que le daríamos pidiésemos a mi madre que firmase un papel diciendo que ella ha liquidado el préstamo, ¿serviría su declaración?

Estamos muy interesados en el tema expuesto. Algunos de los hermanos no podrían hacer frente a la devolución del préstamo. Necesitaríamos también asesoramiento para redactar los documentos necesarios, y para ir a juicio si desgraciadamente fuera necesario.

Desde Asturias, muchas gracias de antemano por sus respuestas.

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Buenas Tardes José, le informamos que debe ir con su madre a un Notario y que en documento privado o escritura o acta de manifestación de voluntad reconozca que esta abonado el préstamo para evitar reclamaciones. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Civil y Sucesiones, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!

Grech Abogados Abogado en Madrid

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Buenos días
Le recomendaría que atase ahora todos los cabos en vida de su madre ya que después se puede complicar mucho mas.
Lo conveniente sería que su madre firmase un documento, aunque fuese privado, con su hermano de reconocimiento de pago y cancelación de deuda de préstamo privado.
Si se realiza dicha manifestación ante notario sería mejor porque gozaría de presunción de veracidad mayor que el del documento privado.
Si las relaciones entre hermanos están así en vida de su madre cuando ésta fallezca su madre tal vez empeoren y les resultará mas difícil justificar el pago.
Espero que la respuesta haya sido de utilidad.
Sin otro particular, reciba un saludo

Jorge Muñoz Consultores S.L.P Abogado en Valencia

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Buenos días

Yo en su caso lo que le recomendaría es que sin pérdida de tiempo su madre acudiera a un notario a declarar que devolvió el dinero, con detalles de cómo lo hizo, etc. Luego se requiere a su hermano comunicandole esa declaración. Si se opusiera, es mucho más favorable que el tema se discuta en vida de su madre, porque si no lo van a tener complicado para demostrar que el dinero se devolvió. Un cordial saludo
Ignacio Tomás
Abogado

Tomás Doriga Abogado en Barcelona

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