Juicio por custodia compartida y manutención

Realizada por Giuliana Olivares. 8 may 2014

Buenas tardes, mi consulta es la siguiente, tengo una prima que irá a juicio con el padre de su hija para conseguir la custodia compartida y pago de la manutención de la bebé de menos de 1 año, aún está pendiente que le asignen un abogado de oficio ya que el padre de momento no se quiere hacer responsable del pago de guardería y alquiler de habitación a medias con su madre donde vive con la bebé porque ella trabaja y necesita una guardería, el padre es casado y tiene a su cargo a su mujer que está en paro y otra niña de 12 años e indica que de acuerdo a eso el juez no haría que pague a medias la guardería y alquiler de habitación más la manutención , mi pregunta es, ¿qué probabilidades y beneficios obtendría la madre cuando se efectúe el juicio y si los gastos que he mencionado serían compartidos?

Muchas gracias.

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En primer lugar si pide la custodia compartida no hay pensión alimenticia ni para el bebé ya que se entiende que los gastos son a medias ya que unos días tendrá el bebé el padre y otros la madre, los gastos extraordinarios se pagarían a medias, la guardería seria a medias, el alquiler de la habitación no tiene porque pagar nada, sería mas conveniente que ella solicitara la guarda y custodia y le concedieran un régimen de visitas amplio al padre, así podría solicitar el pago de la pensión de alimentos. De todos modos cuando le asignen el abogado de oficio ya le explicará todas estas cuestiones.

Saludos.

Ana López Giráldez Abogada Abogado en Santiago de Compostela

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Estimada Giuliana:

Si realmente desea la custodia compartida con el padre del bebé no se fija pensión de alimentos para el menor, dado que cada uno sufragará los gastos del bebé el tiempo que compartan.

Ahora bien, si usted solicita la guarda y custodia y el juez se la concede, podría obtener una pensión de alimentos para su hija y régimen de visitas para el padre, alimentos que deberá abonar todos los meses del año aunque pase períodos largos con el padre, y que deberá actualizarse todos los años en base al IPC.

De todos modos, son muy pocos los datos que facilita para poder evaluar otras posibilidades a adoptar en su beneficio, datos como el tiempo que ha durado la relación, su estado laboral actual, el salario del padre de la menor, profesión,

Yo le aconsejaría que si la relación con el padre de la menor es favorable, opten por regular unas medidas paterno filiales de mutuo acuerdo, quedándose usted con la custodia de la menor y un régimen de visitas para el padre sin pernocta, hasta que al menos la niña no cumpla al menos 4 años y, que abone por la menor una pensión de alimentos acorde con sus ingresos y sus obligaciones familiares.

Atentamente, reciba cordiales saludos

Manrique De Lara Abogados Abogado en Santa Cruz de Tenerife

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