Inicio procedimiento sancionador ruido en vivienda

Realizada por Alejandro. 13 jun 2016 Administración de fincas

Mi compañero de piso y yo hemos recibido la notificación del inicio del proceso sancionador por ruidos en vivienda y perturbar la convivencia vecinal (150 euros). Los hechos se produjeron el 24 de enero de 2016 y el inicio del procedimiento ha sido el 26 de mayo, no existe ninguna medición de decibelios.

¿Existe alguna posibilidad de recurrir y ganar esta multa? Estamos dispuestos a solicitar ayuda legal.

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Estimado Alejandro,
Tiene la opción de recurrir la sanción en vía administrativa dirigiendo el recurso al órgano sancionador (ayuntamiento) y sino obtiene una respuesta favorable a sus intereses presentar recurso ante la Jurisdicción contencioso-administrativa.
Los hechos denunciados deben exponerse con exactitud, claridad, y precisión, debiendo aportarse pruebas de la comisión de la infracción. Si la información contenida en el acta denuncia es insuficiente y no se aportan pruebas (como por ejemplo una medición de ruido efectuada con un sonómetro homologado), cabe alegar carencia de fundamento y capacidad bastante para desvirtuar o romper el principio constitucional de presunción de inocencia consagrado en el artículo 24.2 de la Constitución Española.
Por otro lado, la descripción de los hechos debe ser lo suficientemente precisa como para que quede asegurada la función de garantía de tipo, las sanciones han de quedar prederterminadas mediante preceptos jurídicos que permitan predecir con suficiente grado de certeza las conductas que constituyen infracción y sanción aplicables, de lo contrario se podría vulnerar el principio de tipicidad y la sanción se declararía nula.
Habría que analizar con detalle la sanción y los datos obrantes en el expediente sancionador, pero opciones de recurso claro que existen.
Cualquier cuestión que precise, no dude en ponerse en contacto con nosotros.
Atentamente,

Jorge Rodríguez
Rodríguez Escudero Abogados

Rodríguez Escudero Abogados Abogado en Madrid

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Estimado Alejandro:

Claro, al fin y al cabo, se trata de un procedimiento administrativo como cualquier otro y en la propia notificación que ha recibido, debe aparecer reflejada la opción de recurso que le queda frente a la misma.

Si desea que estudie su caso y preparar el recurso correspondiente, no dude en ponerse en contacto conmigo.

Reciba un cordial saludo,

Graciela Rodríguez Abogado en Santa Cruz de la Palma

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