Informaciones de la siguientes cuestionesnn:
Mis padres nacidos en 1931 y 1929 y en regimen de gananciales compraron una vez casados una vivienda, era mi padre quien trabajaba y mi madre ama de casa; pero se compró la vivienda inscribiendo únicamente a mi madre como propietaria. Una vez falleció mi padre y siendo yo hija única no hice la aceptación de la herencia porque ella decía que todo era ella. Mi.padre hizo trstamento en el que dejaba el usufructo a mi mafre y me nombraba heredera. Tras 21 años, mi madre ha fallecido recientemente, nombra a su único nieto, mi hijo, heredero universal y a mí me queda la legítima. Residimos en Vizcaya, lo digo porque es distinto el código. Quiero saber si aún puedo realizar la aceptación de la herencia de mi padre después de 21 años, conocer si tengo algún derecho sobre esa vivienda tras el fallecimiento de mi padre, aún estando mi madre como propietaria, a su nombre. También en qué me afecta ahora no haber hecho hace 21 años y ahora ya fallecida mi madre y siendo su heredero mi hijo de vivienda y cuentas bancarias y en mi caso la legítima. Necesito consejo si realizamos la aceptación de la herencia de mi madre o tiene sentido que haga también la de mi padre fallecido en 2001. Debo y puedo mover ello una vez fallecida mi madre? Saludos.