La ex de mi marido incumple la sentencia debiéndonos un crédito de 900 euros (hemos tenido que hacernos cargo puesto que está a nuestro nombre aunque ella tenía que pagar la mitad). Ahora también amenaza con no dejarnos ver a los niños cuando la sentencia también es clara con que los tenemos fines de semana alternos. ¿Qué podemos o deberíamos hacer? Intentamos evitar que los niños sufran más viendo como le traen denuncias a su madre pero no estamos viendo más opciones… ¿Cuánto tardaría una denuncia por incumplimiento de sentencia en resolverse? ¿Nos costaría más caro que los 900 euros que nos debe o le tocaría a ella asumir los gastos de abogados puesto que es ella la que incumple la sentencia? Mil gracias.
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Ante el incumplimiento de la Sentencia de divorcio, puede presentar una demanda de ejecución interesando del Juzgado la requiera al objeto de que proceda al exacto cumplimiento de lo establecido en la Sentencia, tanto en relación al pago del crédito, como permitiendo que el progenitor cumpla el régimen de visitas que se aprobó.
En este proceso, de estimarse la demanda ejecutiva le impondrá condena en costas, debiendo abonar los honorarios de los profesionales intervinientes.
También tiene la opción de presentar una denuncia en cualquier comisaría o directamente en el Juzgado, por el incumplimento de lo establecido en el convenio regulador aprobado en la Sentencia de divorcio. En este caso, el proceso iría por la vía penal, y no precisaría de abogado ni de procurador, celebrándose un juicio de faltas entre las partes.
La opción más idónea es interponer una demanda ejecutiva para que se cumpla lo establecido en el Convenio, en cuanto a los gastos, tenga en cuenta que este tipo de demandas no tienen tasa judicial y por los honorarios de los abogados los tendrá que pagar la persona condenada a pagar las costas del procedimiento, que en este caso sería la parte condenada a cumplir con el convenio, es decir la ex de su marido.
Buenos días:
Uds. puede presentar una demanda de ejecución de sentencia reclamando esos 900 €. Es un procedimiento en el que el condenado al pago es obligado a pagar también las costas. Ahora bien, si van a contratar a un abogado y a un procurador, pídales por escrito Hoja de Encargo en el que figure exactamente cuanto van a ser sus honorarios, dado que en reclamaciones de este tipo la condena en costas tiene una limitación en cuanto a los honorarios del abogado (no más de 1/3 de la cuantía de lo reclamado, más intereses devengados hasta interposición de demanda).
Es decir, si por ejemplo a día de hoy la deuda es ya de 1000 €, en la condena en costas se incluirán los honorarios de procurador y los de abogado, pero respecto a los de este último, sólo 333 €, de tal manera que si se los honorarios pactados con el mismo fueran superior a esta cifra, el exceso lo tendrían que abonar Uds. de su bolsillo.
En cuanto al régimen de visitas, podrán denunciarlo cuando se produzca el incumplimiento efectivo, es decir cuando no le permita ver a los niños). Se tramitará como un juicio de faltas y su duración variará dependiendo del juzgado. Terminará el multa para la madre, si es condenada.
Claro que también podrían denunciar las amenazas, pero para ello les recomiendo encarecidamente que sólo lo hagan si tienen pruebas o testigos. Dependiendo de la entidad de la amenaza, podría tramitarse como falta - lo más probable - o como delito.
Quedamos a su disposición para instar la ejecución de sentencia. Si la madre está localizada y tiene bienes con los que responder, es un procedimiento ágil y eficaz. Ofrecemos precios cerrados y anti-crisis.
Si en la sentencia de divorcio se le adjudicó deuda a la exmujer, lo mejor sería presentar una demanda de ejecución reclamando dicho crédito y el cumplimiento del régimen de visitas.
Estamos a su entera disposición para la interposición de la demanda de ejecución,pídanos presupuesto sin compromiso.