Incumplimiento de manutención

Realizada por cristina. 21 jul 2015

Hola, mi ex marido lleva incumpliendo el régimen de visitas desde el 2013, no tiene ningún contacto con el menor y me debe en pensiones 3000 euros que archivó el juez por no haber suficientes pruebas, ya que no se puso en contacto conmigo por no localizar mi domicilio.

El caso es que como no tengo ayuda ninguna del padre y no se pone en contacto con el niño durante meses, como 8 meses, ni cumple el régimen de visitas, me he tenido que ir a trabajar a Francia ya que no trabajaba en España y cuando le lo comenté hace 1 año me dio su consentimiento verbal.

Ahora que me he ido me ha dejado de pasar la manutención y me amenaza diciéndome que he secuestrado al niño y que no le dejo ver al niño. Tengo mensajes en los que él reconoce darme el consentimiento y que no se hace cargo del niño.

Mi pregunta es qué puedo hacer desde Francia para arreglar mi situación ya que económicamente no me puedo permitir pagar un abogado y los de oficio tardan meses y si vuelvo a España me obliga a perder mi trabajo que en dos meses me harían fija.

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Buenos días Cristina,
Leyendo su caso lo más adecuado para proceder a la resolución del mismo sería presentar demanda ejecutiva de pensión de alimentos en el Juzgado correspondiente en virtud del artículo 571 y ss de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Así, le reclamaría al padre del menor el pago debido de los últimos cinco años o se procedería al embargo en caso de que no efectuara el pago de forma voluntaria.
Respecto al traslado a Francia, lo conveniente sería presentar una demanda de modificación de medidas, artículo 775 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, con el objeto de evitar una posible denuncia por parte del padre del menor.
Esperamos le hayamos ayudado.

Estaremos encantados de atenderle.

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Buenas tardes Cristina:
Debe solicitar ejecución de sentencia para obligar al padre al abono de la pensión y proceder al embargo de bienes.
También con motivo del cambio de su domicilio a Francia hay que presentar una modificación de medidas.
Para todo ello póngase en contacto con el despacho al que represento en el tel previa cita.

Abogada Julia Pousa Nogueiras Abogado en Ourense

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Buenos días,

tal y como mencionan mis compañeros tendrías que interponer primero una demanda de ejecución de sentencia, en estas demandas no hay vista, es decir se realiza todo por escrito a través de abogado y procurador, por lo que no deberás desplazarte sólo firmar un poder a favor del procurador.

En el segundo caso la modificación de medidas que aquí si que hay vista y sólo te desplazarías el día del juicio y con la lentitud de los juzgados creeme que serás más que fija en tu trabajo.

Espero haberte ayudado y me mantengo a la espera si necesitas algo!

Advocada Meritxell Valls Oliver Abogado en Barcelona

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Buenos días Cristina,
Leyendo su caso lo más conveniente para poder proceder a la resolución del mismo sería presentar una demanda de ejecución de pensión de alimentos ante el Juzgado correspondiente en virtud del artículo 571 y ss de la Ley de Enjuiciamiento Civil con el objeto de conseguir el pago de las pensiones debidas desde hace cinco años o, en el caso de que no se realizara este pago de manera voluntaria, se procedería al embargo.
Respecto al traslado de usted a Francia, debería presentar demanda de modificación de medidas, artículo 775 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, para evitar futuras y posibles situaciones como la de que el padre del menor presentara una denuncia contra usted.
Esperamos le haya servido de ayuda.

Estaremos encantados de atenderle.

Magnum Abogados Abogado en Alcalá de Henares

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Buenos días Cristina, ante la situación que plantea. Primero debería solicitar demanda de Ejecución de sentencia reclamando la pensión de alimentos, solicitando embargo de bienes y derechos, ya que el padre está incumpliendo con su obligación. También debería instar una demanda de modificación comunicando el cambio de domicilio y los motivos del cambio o cualquier otra variación en las circunstancias, para evitar que el padre pueda denunciarla a Vd por incumplimiento del régimen de visitas. Para realizar estos trámites será necesario abogado y procurador, si cumple los requisitos también podría solicitar abogado de oficio. Si tiene dudas sobre esta u otras cuestiones, puede ponerse en contacto con nosotros y le ayudaremos.

Saludos.

Abellán Abogados Abogado en Banyeres de Mariola

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Buenos Dias Cristina, le informamos que debe hacer dos cosas, la primera instar demanda de Ejecución de Sentencia reclamando la pensión de alimentos y solicitando embargo de bienes y derechos del padre, y lo segundo demanda de modifi de medidas ante los Juzgados de Familia, informando del cambio de domicilio del menor. Suerte!!!

Grech Abogados Abogado en Madrid

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Buenos días Cristina,
Leyendo su caso lo más adecuado para proceder a la resolución del mismo sería presentar demanda ejecutiva de pensión de alimentos en el Juzgado correspondiente en virtud del artículo 571 y ss de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Así, le reclamaría al padre del menor el pago debido de los últimos cinco años o se procedería al embargo en caso de que no efectuara el pago de forma voluntaria.
Respecto al traslado a Francia, lo conveniente sería presentar una demanda de modificación de medidas, artículo 775 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, con el objeto de evitar una posible denuncia por parte del padre del menor.
Esperamos le hayamos ayudado.

Estaremos encantados de atenderle.

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Buenos días Cristina,
Leyendo su caso lo más adecuado para la resolución del mismo sería presentar demanda ejecutiva de pensión de alimentos en el Juzgado correspondiente en virtud del artículo 571 y ss de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Así, le al padre del menor reclamaría el pago debido de los últimos cinco años o se procedería al embargo en caso de que no efectuara el pago de forma voluntaria.
Respecto al traslado a Francia, lo conveniente sería presentar una demanda de modificación de medidas, artículo 775 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, con el objeto de evitar una posible denuncia por parte del padre del menor.
Esperamos que le hayamos ayudado con su asunto.

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Hola Cristina. En tu caso se plantean dos cuestiones. La primera es interponer una demanda ejecutiva por impago de alimentos que te permite reclamarle los impagos de los últimos cinco años y si no paga voluntariamente, le embargarán quiera o no quiera. Y por otro lado, es muy importante que interpongas una demanda de modificación de custodia para que quede fijado el traslado a Francia y no te pueda denunciar. Tienes mucho a tu favor por el tema de la desatención, porque te dio el consentimiento y porque tu no tenías trabajo y ahora sí, pero necesitas regular la situación de menor y es necesario que cuentes con abogado y procurador para ello. Piensa que a España sólo tendrías que venir para el juicio y quizás sería posible incluso por videoconferencia.

Cristina Cáffaro Font Abogado en Palma de Mallorca

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