Incumplimiento de contrato (paga alquiler menos cantidad), ¿qué hago?

Realizada por alberto. 22 nov 2012

Hola. Mi pregunta es la siguiente. Tengo alquilado un piso por 400 euros mensuales (cantidad fijada en contrato). Durante los dos últimos años mi inquilino, y debido a que era conocido y buen amigo, me ha estado pagando de alquiler mediante transferencia 200 euros. En su momento me pareció bien: al fin y al cabo, le hacía un favor y en ese momento yo no pasaba necesidades económicas.



Ahora me he quedado en paro y le reclamo que cumpla con la cantidad fijada inicialmente en contrato (es decir, 400 euros), a lo cual el se niega. Durante estos años el único justificante como recibo son los 200 euros mensuales que el ingresaba en mi cuenta. ¿Es posible que tenga dificultades para reclamarle a partir de ahora los 400 euros mensuales fijados en contrato (en ningún momento le exijo que pague ninguna cantidad de los años anteriores o que le obre de menos)?



En caso de disputas con el alquiler ¿es cierto que prevalece lo establecido en el contrato? Muchas gracias.

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Lo pactado en el contrato es lo que manda,si usted puede demostrar que le paga la mitad le puede reclamar,puede rescindir el contrato y también lo puede echar, pero como todo ésto es vía judicial, lo mejor sería llegar a un acuerdo amistoso, desde luego si hay un contrato este es el que manda. Saludos

Lola Tormo Abogados Abogado en Valencia

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En caso de conflicto si prevalece lo establecido en contrato. ahora bien, si el inquilino prueba que a pesar del contrato, se abonaba tan solo la cantidad de 200 euros podría ser considerado como pacto verbal entre Ud. convendría enviar un burofax al inquilino poniendo de manifiesto la obligación de pago de la ret establecida en contrato. Otra opción es resolver el contrato.

Asesores Legales Alcalá 59 Abogado en Madrid

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