¿Inclumiento de sentencia?
Buenos días,
Según la sentencia de divorcio, la mensualidad de 200.-€ que paga mi ex marido, indica, textualmente, que es para alimentos.
En el siguiente punto, indica gastos extraordinarios, originados por la crianza y educación de la hija y los no cubiertos por la seguridad social, serán sufragados por partes iguales.
Nunca le he solicitado el pago de los mismos en los 8 años de separación pero ahora, le he pasado el material escolar, libros, cuota ampa... él alega que eso no son gastos extraordinarios, que son ordinarios y que, de ningún modo piensa colaborar. ¿Es así, no ha de colaborar o, por el contrario, DEBE hacerlo?
Muchas gracias de antemano,
Maite.