Incapacidad permanente para profesión habitual
Hoy en día mi resolución de valoración es de resultado positivo y depende de la cuantía que debo y desconocía hasta eso momento lo que me reclamaban por el régimen de renta o sea de comercio.
La incapacidad está aprobada como he comentado anteriormente pero tengo que pagar unas cuantías para que me la den, el caso es que dicha incapacidad esta solicitada estando en activo en el régimen general y las cuantías son de sistema reta autónomos y me comentan que tengo que pagarlas .eso es cierto, o no tiene nada que ver.
El caso es que yo ya había estado desde el 2007 hasta el 2013 con esta incapacidad .pero en Asturias donde residía un día me mandaron pasar a revisión la cual se suspendió por parte de ellos .y tras varios meses me mandan una carta la cual me dan el alta por mejoría ni siquiera me revisaron. Hoy en día e estado 18 meses de baja hasta hace días que me mandaron a valoración con la consecuencia de ese resultado que anterior mente comentaba.
El caso es que en Asturias el régimen era de autónomo y en este caso es el régimen general- mi consulta es se puede reclamar lo anterior de Asturias o tengo que reclamar esto último de Tarragona, por cierto mi enfermedad es una epilepsia con ausencias y que se está agravando con síntomas de espasmos y pérdida de memoria y problemas para dormir. Tengo todos los informes de neurólogo, psiquiatra, médico de cabecera, psicóloga, pruebas clínicas y a demás tengo reconocida la minusvalía por un 41%.
Un saludo- Miguel Ángel