Incapacidad Laboral por operación - Retribución nómina
Tengo una duda. En unos 3-4 meses tiene que realizarme una operación de cirugía maxilofacial por la seguridad social ya que es por temas funcionales y no estéticos (llevo 6 años con ortodoncia y me han prescrito varios problemas funcionales que hacen que sea necesario la operación)
Mi duda viene sobre un artículo que indica el convenio al que está inscrito mi empresa. Mi empresa me indicó hace tiempo que cuando se está de baja ellos no complementan nada y sólo recibiré lo que estipula la SegSocial cuando se tiene una Incapacidad Temporal, es decir los 3 primeros días nada, del 4º día al 20º día el 60% y desde el 21º día el 75%.
Mi duda viene al leer un artículo del convenio que os adjunto más abajo. El convenio es "empresas de consultoría y estudios
de mercado y de la opinión pública (Código de Convenio n.º 9901355)"
Por ello, entiendo que si mi baja, por intervención quirúrgica debido a un problema funcional, se extiende a más de 30 días tengo el derecho de cobrar el 100% desde el 5º día, por tanto sólo podrían descontarme de mi nómina los 3 primeros días y el 40% del 4º día.
¿Es correcto? ¿Algún abogado que pueda darme luz sobre este tema? Estoy bastante preocupado ya que por lo que me ha comentado el cirujano estaré posiblemente entre 2-3 meses de baja y de no recibir el 100% mi economía se vería bastante afectada.
Disculpar por haber sido tan extenso en mi pregunta y muchísimas gracias por adelantado.