Incapacidad absoluta

Realizada por Alex Martinez. 20 may 2012

Recientemente se me ha reconoido una disminución del 52 por ciento. Las patologias que presento son:


- Neuralguia trigémino en dos ramas, sindrome nefrótico (Proteinura crónica), limitación funcional columna degenerativa, cardiopatía hipertensiva, limintación funcinal bipodal. Todo ello con carácter definitivo.


¿Puedo solicitar la incapacidad permantente absoluta estando de alta médica, o es mejor solcitarla estando de IT?

Gracias

Respuesta enviada

En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente

Ha habido un error

Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.

Mejor respuesta

En primer lugar, hay que valorar si la patologías que usted presenta, le inhabilitan para realizar todo trabajo y oficio, pues únicamente en tal caso, podría aspirar a obtener una prestación por incapacidad permanente absoluta para toda profesion, la prueba ha de realizar por medico perito, como podría ser un médico experto en daño corporal o un médico forense. En la modalidad contributiva, es incapacidad permanente (cualquiera que sea su grado), la situación del trabajador, que, después de haber estado sometido al tratamiento prescrito y de haber sido dado de alte médicamente, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, susceptibles de determinación objetiva y previsiblemente definitvas, que disminyan o anulen su capacidad laboral. Si usted se encuentra, actualmente en situacion de incapacidad temporal, extinguida la misma el INSS, o la Mutua en su caso, procederá sin interrupción al pago directo del subsidio hasta la calificación de la Invalidez, previa presentación por el interesado del alta médica por agotamiento de la situacion de incapacidad temporal.

Libera Lex & Law - Mª José Aragó Domingo Abogado en Valencia

64 respuestas

90 votos positivos

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

me gustaría saber si después de los 18 meses la empresa te da de baja es un despido improcedente, y ademas que la empresa te pida alta medica por agotamiento de plazo cuando estas a la espera de la resolución.

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Explica tu caso a nuestros abogados

Haz tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.

50 QANDA_form_question_details_hint

Tu pregunta y sus respuestas se publicarán en el portal. Este servicio es gratuito y no sustituye a una sesión de asesoría profesional.

Enviaremos tu consulta a expertos en el tema que te ofrecerán llevar tu caso personalmente.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

Introduce un apodo para mantener tu anonimato

Tu consulta está siendo revisada

Te avisaremos por e-mail cuando esté publicada.

QANDA_form_question_already_exists_ttl

QANDA_form_question_already_exists_txt

abogados 10700

abogados

preguntas 32250

preguntas

respuestas 62650

respuestas