Imposibilidad de pago de manutención

Realizada por aguirre. 2 jul 2014

Buenos días. Gracias por las respuestas y consejos recibidos a mi consulta de ayer sobre mi obligación de pagar manutención de mis hijos de 26 y 20 años siendo residente en un país de la UE. Y por la cual he sido denunciado con un delito penal por ''abandono de familia'' por no poderla satisfacer este año. Quisiera explicar mejor mi imposibilidad para llevarla a cabo, no porque mis hijos cumplan sobradamente la mayoría de edad e incumplan con sus obligaciones. Amparados en un convenio firmado hace 15 años en unas condiciones que no tienen nada que ver con las actuales circunstancias de ninguna de las partes.

NO he podido por quedarme en desempleo. Con obvios problemas económicos. Sin trabajo. Para poder pedir la modificación de medidas también necesito dinero para los costes de abogados. Teniendo que tomar una decisión sobre invertir ahorro escueto de un desempleo en abogados, con el riesgo de ser denunciado como ha sido el caso. O no iniciar ninguna acción y perpetuar en el pago en precario de la manutención eternamente, lo cual tampoco me libraría de ser demandado. Y así en una situación irresoluble.

Amenazado de cárcel a pesar de ello en un país donde no es contemplado siquiera en las actuales circunstancias. Reservadas estas penas para criminales.

No para padres que no pueden pagar.

Un saludo cordial,

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Mientras un Juez no diga lo contrario, Vd viene obligado a cumplir con la Sentencia, de tal modo que ella le puede denunciar y también se le puede embargar nómina y bienes para cubrir la deuda que exista y se vaya generando. Por ello es preciso que modifique la Sentencia pidiendo rebaja pensión o incluso supresión, que puede ser de mutuo acuerdo o contencioso. Somos un despacho de abogados de Barcelona expertos en Derecho de Familia, quedamos a su disposición.

V.Vivancos-Abogados Abogado en Barcelona

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Buenas, nuevamente:
De no tener suficientes ingresos, tanto para ser defendido de la denuncia como para instar la modificación de medidas, solicite asistencia jurídica gratuita ante el colegio de abogados de la provincia española donde se tramiten los procedimientos.
Saludos cordiales.

Lex Situs Abogado en Algeciras

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Buenas tardes:

Si tuvo una variación de sus ingresos iniciales, debería de haber solicitado una modificación de las medidas, pensión en este caso.

De no tener ingreso, solo le establecerían un % en caso de obtenerlo.

De no poder costearse abogado puede solicitar la asistencia jurídica gratuita, acuda a su colegio de abogado más próximo.

Quedo a su disposición para solicitud de presupuesto y mayor consulta.

Saludos

Bermúdez&Asociados Abogado en Lugo

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