Me gustaría saber si en un divorcio de mutuo acuerdo el juez comprobará el trabajo o es lo que se acuerde y ya está. Y además, ¿los gastos extraordinarios son aparte o van incluidos dentro de la manutención?
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Tiene que existir un equilibrio entre los ingresos del padre y las necesidades económicas reales del menor. Aprox. la pensión de alimentos rondará del 20 al 30% de los ingresos del padre.
Reciba un cordial saludo,
Ane Miren Magro.
Buenos días, actualmente se está considerando que el mínimo vital asignado por hijo debe ser de 120 euros por progenitor. Los gastos extraordinarios son, si no se dice nada diferente, únicamente los gastos extraordinarios necesarios no cubiertos por la Seguridad Social (gafas, plantillas, ortodoncia).
Estimada consultante, cuando el divorcio o separación es de mutuo acuerdo y hay menores el fiscal y el juez fiscalizan que estén cubiertos los derechos del niño, estableciéndose una pensión en función de los ingresos de los progenitores, pensión que no bajará de 200 euros mes y que no incluye gastos extraordinarios (viajes, ortodoncias...) Estamos a su disposición en Valencia.
El juez si ustedes están de acuerdo no va a poner problemas a menos que vea que la cantidad que se vaya a dar en concepto de manutención es muy escasa o que el regimen de visitas o alguna otra circunstancia vaya en contra de los intereses del menor. En cuanto a los gastos extraordinarios por regla general no van incluidos en la pensión de alimentos, se pagan a mitades cuando vayan surgiendo.