Impagos de pensiones

Realizada por desesperada. 14 nov 2014

Soy de Burgos y tengo 2 preguntas: la primera mi ex me debe gastos extras, atrasos de subida de pensión y ha incumplido durante 6 años su obligación de presentarme anualmente los t10 para que certifique lo que cobra por estos temas, llevo más de 2 años con una abogada de oficio, me quejé al colegio de abogados y me dijeron que la abogada estaba actuando correctamente (aunque me tenga totalmente desinformada) ¿es normal que tarde tanto en salir el juicio? Por otro lado me he enterado que mi ex lleva más de 2 años en paro. En la sentencia de divorcio firmamos una pensión de 470 euros sin subida de ipc, que solo se incrementaría con el incremento de su nómina, motivo por el cual me tenía que entregar los t10. Pro contra esa pensión de 470 euros no se podía reducir. Mi segunda pregunta ¿entonces le pueden modificar la pensión por estar él sin trabajo si firmamos ese acuerdo en su día?

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En cuanto a la primera pregunta no aclara si le reclama el impago de pensión de alimentos por la vía civil o la penal, aunque de todas formas depende del Juzgado donde haya recaído el asunto si está muy saturado.
En cuanto a la segunda para modificar la pensión de alimentos porque a él le interese al estar en paro, deberá iniciar un procedimiento que se denomina de modificación de medidas así que mientras tanto siguen vigentes las medidas adoptadas en el procedimiento de divorcio.

Asunción Durá Belda Abogado en Novelda

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Ni yo misma sé si está interpuesta la demanda por lo civil o por lo penal por la desinformación de la abogada, solo sé que reclama los t10 que nunca me entregó. Parte de la deuda es de antes de estar él con trabajo. Se me olvidó comentar que yo no tengo trabajo ni puede acceder a un puesto porque tengo una artritis severa de tobillo que me impide estar de pie mucho tiempo y ansiedad generalizada con agorafobia, por lo cual mis únicos ingresos para mi hija y para mí son la pensión.

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Buenos días

Informarle que si en el Colegio de Abogados le han informado que su abogada está actuando correctamente, así debe de ser aunque yo no conozco el procedimiento para poder darle una opinión personalizada.
En cuanto al impago de las pensiones debería instar usted una ejecución de Sentencia solicitándole todos los atrasos en concepto de pensiones.
Y por último el hecho de que él ahora esté en el paro depende mucho del Juez que lo tenga en cuenta como un cambio de circunstancias económicas.

Reciba un cordial saludo.
Atentamente.

Elena Moreno Abogados Abogado en Madrid

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Mientras no exista una resolución judicial que modifique la cuantía de la pensión de alimentos que se estableció en la Sentencia de divorcio, su ex está obligado a abonar esa pensión en la cantidad establecida.

Si para la reclamación de la deuda acumulada ha seguido la vía penal, por supuesto delito de impago de pensiones, el proceso es más largo y terminará con un juicio en el Juzgado de lo Penal, donde su ex podrá ser condenado si se acredita que no abonó la pensión pudiendo hacerlo.

En su caso sería más conveniente seguir la vía civil y solicitar la ejecución de la Sentencia, reclamando la deuda y que el Juzgado acuerde el embargo de las cuentas, nóminas y bienes de los que sea titular para saldar las cantidades debidas.

Atte.

Despacho de Abogados Guzmán & Cubero Abogado en Madrid

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