Hola, les escribo porque tengo un local arrendado y, ante el impago de la renta, estoy planteándome tomar acciones legales. Mi duda es hacía dónde y quién debo dirigir el burofax y la posterior demanda, en el caso de que la arrendataria aparezca en el contrato de arrendamiento en nombre y representación en calidad de socia mayoritaria de su empresa, y teniendo la arrendataria un domicilio diferente al de la empresa que representa. ¿Debo dirigirme hacia la persona física o hacia su empresa? Muchas gracias.
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Buenas tardes.
Si pretende el desahucio y la reclamación de rentas no es preciso que le comunique previamente por burofax, siendo recomendable presentar demanda directamente, para lo que se requiere abogado y procurador.
Dicho profesional le recomendará presentar demanda ante el juzgado del domicilio del arrendatario y contra dicho sujeto, pudiendo ser notificado en cualquier dirección que se facilite en la propia demanda y, en defecto de localizarle, será notificado mediante edictos.
No existe la obligatoriedad del envío de burofax para presentar la demanda, si bien en nuestro despacho lo solemos hacer.
Para presentar la demanda en cuestión deberá contar con los servicios de abogado y procurador.
Buenos días José Mª.
Mi recomendación es que envíe las comunicaciones al domicilio que figura en el contrato.
No es estrictamente necesario el envío de burofax para presentar la demanda, aunque le recomiendo que lo haga,
Para presentar la demanda requiere de abogado y procurador.
Si lo desea puede contactar conmigo para ampliar la información y de esa manera poder aconsejarle mejor, e incluso poderle llevar el caso. Saludos.
Buenos días:
Si en el contrato se dice que esa señora actúa en nombre propio, contra ella, y si se dice que actúa en nombre de la empresa, contra esta los representantes legales de esta última.
Si sólo va a reclamar rentas es posible que por la cuantía no precise abogado ni procurador para demandar, pero si va a reclamar también el desahucio precisará a los profesionales en todo caso.
Saludos cordiales.
En principio debe dirigirlo a la parte arrendataria del contrato en el domicilio que figura en el contrato o en el piso arrendado, vale cualquier domicilio en el que se cumpla con la notificación.