Hola, tengo la guardia y custodia de mis dos hijas de 8 y 5 años

Realizada por susana. 13 ene 2014

Quiero cambiar de población y eso conlleva cambiarlas de colegio, ¿necesito la autorización del padre o no?

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Buenos días:

Si el cambio es a poca distancia y Ud. no consigue que el padre le autorice, lo que debe hacer es recabar la autorización judicial a través de un procedimiento sencillo, urgente y económico. Instar un procedimiento de modificación de medidas en su caso, puede no tener sentido y alargarse demasiado de manera que no pueda llevar a cabo el cambio de domicilio, en su caso, hasta dentro de meses, lo cual puede alterar los planes que Ud. se haya formado.

Desde luego puede intentarlo a través del procedimiento que le indico (discrepancia en el ejercicio de la patria potestad) y, de no conseguirlo, instar la modificación.

Quedamos a su entera disposición para tramitarle el procedimiento,

Saludos cordiales.

Lex Situs Abogado en Algeciras

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Buenos días

A fin de evitar problemas, al tener la guarda y custodia de las hijas compartida lo aconsejable sería que caso de que el padre no le firme la autorización, comunique la necesidad del cambio al Juzgado que dictó la Sentencia de guarda y custodia, para lograr la autorización judicial. Para ello precisaría de abogado. Somos un despacho de abogados de Barcelona expertos en Derecho de Familia y Violencia en el ámbito familiar. Quedamos a su disposición.

V.Vivancos-Abogados Abogado en Barcelona

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Hola, soy Susana. Quería darle las gracias a todos los que habéis respondido. El cambio de domicilio no implica problema ninguno con el régimen de visitas ya que está cerca, es por ese motivo por el que no veo la obligación de necesitar su autorización.

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Buenas tardes:
Si Ud. decide irse igualmente, el primer escollo con lo que se puede topar es que en el nuevo colegio no pueda matricular a los menores, ya que en muchos casos están pidiendo la firma de ambos progenitores.

Igualmente, podría su ex denunciarle por incumplimiento del régimen de visitas si la marcha implica alguna alteración del mismo y no puede estar con sus hijos todo el tiempo que le corresponde.

Así mismo, podría darse el caso de que su ex solicite al juez que no le autorice el cambio de domicilio y que, incluso, lo consiga.

Finalmente, podría su ex solicitar una modificación de medidas, con solicitud de custodia exclusiva para él o custodia compartida, así como otros cambios que considere que se han producido con la nueva situación. El hecho de que Ud. se hubiera ido si su consentimiento ni autorización judicial siempre jugará en contra suya en este tipo de procedimientos, pero en sí mismo no es causa suficiente para inclinar la balanza hacia un lado o el otro, puesto que habrá que valorar toda la situación en su conjunto, siempre buscando lo mejor para los menores.

Esperando haberle sido de utilidad, en cuyo caso rogamos nos valore positivamente.

Reciba un cordial saludo.

Lex Situs Abogado en Algeciras

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Soy Susana, quisiera saber qué pasaría en caso de que no me de la autorización y yo decida irme de todas maneras, gracias a todos.

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Buenos días, teniendo la patria potestad compartida todo cambio significativo en la vida del menor debe ser autorizado por ambos progenitores, sino se consiguiera la autorización del padre podría instar un procedimiento judicial de modificación de medidas. Quedamos a su disposición en Valencia.

Un saludo.

Ferrandis Y Asociados Abogado en Valencia

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Al tener la patria potestad compartida debe comunicárselo al padre y obtener autorización.
Saludos.

Maria Prota Abogados Abogado en San Lorenzo de El Escorial

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Hola soy Susana, el cambio sería en la misma provincia solo a 35 km más de distancia que ahora. Si fuera a otra ciudad lo entiendo por la dificultad del régimen de visitas pero siendo en la misma provincia no entiendo por qué necesito su autorización. Entonces estoy sometida a vivir siempre en el mismo sitio porque él quiera y sino tengo que andar de juicios.

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Estimada Susana: al tener la patria potestad compartida con el padre, debes tener autirzación para cualquier cambio, como este, que afecte a la vida de tus hijas. El cambio de residencia, si va a dificultar el regimen de visitas tambien debe estar consensuado. Si no lo autoriza puedes iniciar un procedimiento judicial d autorización, en el que será el juez, a la vista de las razopnes y lo que conlleva el cambio, el que decidirá sobre ello. Cualquier otra cuestión puedes ponerte en contacto con nostros. Un saludo

Taillafert Baños Abogados Abogado en Sevilla

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