Hipoteca compartida con hijos. Nos vamos a separar, ¿qué pasa con la hipoteca?

Realizada por Sofía. 27 jul 2015

En principio estamos los dos de acuerdo en que me quede yo con la casa que es donde van a vivir nuestros hijos. ¿Qué derechos y obligaciones tenemos los dos con respecto a la hipoteca (está es al 50%)? ¿Debe él seguir pagando el 50% que le corresponde? ¿Puede renunciar a ella para que yo sola haga frente a la hipoteca y así poder él buscarse otra casa? Si renuncia a ello, ¿puede reclamarme la parte proporcional de lo que ya hemos pagado?


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Estimada Sofía.

Respecto al problema de la hipoteca, ha de tener en cuenta que pese a que se acuerde mediante convenio regulador el pago de las cuotas en su totalidad por unos de los cónyuges, aprobado judicialmente el acuerdo, o incluso se proceda a la liquidación de gananciales y se atribuya la propiedad a usted y se modifique el Registro, pasando a ser usted la única propietaria esto no afecta a la Entidad Financiera.

Pues en la escritura de préstamo hipotecario con el banco aparecen ustedes dos y como tal, son los dos los obligados al pago de la misma, la consecuencia es que ante el incumplimiento de pago el banco reclamará a los dos.

Para poder modificarlo sería necesario que la entidad financiera accediera a firmar una nueva escritura de préstamo hipotecario a favor del único propietario, pero no está obligado a ello, y normalmente el banco no lo va hacer pues de la forma en la que está hay dos garantes hipotecarios a los que reclamarle en caso de incumplimiento.

Por otra parte, puede acordarse el pago de la cuota en su totalidad por uno de los cónyuges y compensarse dichos pagos en la liquidación de gananciales.

No dude en consultarnos y le informaremos más detalladamente del procedimiento a seguir.
Quedamos a su entera disposición.

LEGALINMOTION ABOGADOS Abogado en Cartagena

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Estimada Sofía,
En contestación a su consulta, ha de tener en cuenta que "aunque Ustedes convengan en Convenio Regulador /Pacto convivencia familiar, que es Usted quien se queda con la casa", esto no afecta a la Entidad Financiera, pues en la escritura de préstamo hipotecario aparecen ustedes dos. Por ello, ante el incumplimiento de ese pago, el banco reclamará a los dos.

Claro esta, se podría modificar esta situación. Se tendría que firmar una nueva escritura de préstamo hipotecario a favor del único propietario, pero ni el Banco esta obligado a ello (y que le pondrian nuevos requisitos a cumplir) y generalmente nunca lo hacen.

Quedamos a su entera disposición. Un saludo

Beneito Abogados Abogado en Villena

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Ustedes suscribieron al 50% la hipoteca y deben de abonar el 50% delas cuotas cada uno de ustedes. Deben de hacer un convenio regulador liquidando su sociedad de gananciales. Pueden acordad que usted se adjudica la casa y la hipoteca, pero ese acuerdo no tiene efectos frente a a terceros, en este caso el banco, salvo que ustedes lo comuniquen al banco y éste acepte hacer una novación de la hipoteca y que uno de ellos la asuma en solitario. De no ser así el vano puede reclamar importes impagados a cualquiera de los dos deudores hipotecarios.

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Buenos días Sofía,

en primer lugar tiene que saber que el préstamo hipotecario tiene que ser pagado por las personas que lo han suscrito, en su caso si usted y su pareja han suscrito es préstamo ambos tienen la obligación de abonarlo, con independencia de quien viva en la casa.
No sé cómo han suscrito el convenio regulador o como ha quedado la sentencia de divorcio, pero lo normal es que una vez la vivienda quede adjudicada a una sola persona se inicien los trámites pertinentes con el banco para hacer una novación hipotecaria y de esta forma que en el préstamo sólo figure la persona que realmente se quede con la vivienda, así se ahorra problemas de impagos por la otra parte y futuras desavenencias. Le indico de igual forma que el banco no está obligado a hacer esa novación y no siempre la acepta, dependerá de caso concreto.
Estaríamos encantados de ayudarle. Saludos

Lorena Mon Avogados Abogado en Foz

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Buenas tardes Sofía,

Al estar la hipoteca al 50% cada uno sois responsables por mitad del pago de la misma. No obstante, puedes seguir al frente tú del pago de la hipoteca total, lo cual puedes hacer de dos formas, hablando con el banco para subrogarte en la parte que a él le corresponde, lo cual he complicado porque debe ser el banco el que apruebe la operación o bien mediante escritura pública notarial de compraventa de su parte de la vivienda esto surte efectos legales porque tú pasas a ser la propietaria de la vivienda aunque de cara al banco los obligados al pago seguiríais siendo los dos.

En el caso anterior él no puede reclamarte lo que ya ha pagado pero sí puede reclamarte el importe que le corresponde de su parte de la vivienda que el resultado de restarle al valor total de la vivienda la hipoteca que resta y dividir el resultado por la mitad.

Espero haber resuelto tu consulta, un saludo.

Raquel Cano Donadeo Abogado en Córdoba

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Estimada Sra.

Al estar bajo sociedad de gananciales y estar al 50%, el pago de la hipoteca tras la separación o divorcio será al 50% de cada uno de los copropietarios. Por ello, aunque usted viva con sus hijos en ella, deberá abonar este tanto mensualmente. Y liquidar la sociedad de gananciales respecto a la vivienda en los términos que se acuerde en el convenio regulador.

Un saludo cordial.

Fdez. Nevado Asociados

Fdez. Nevado&Asociados Abogado en San Lorenzo de El Escorial

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Buenas tardes,

Ustedes pueden hacer los acuerdos que gusten, éstos, pero NO vinculan a la entidad financiera. Por ello, les recomiendo que consulten con un buen abogado matrimonialista de su zona, viendo cuál es la mejor opción. Saludos cordiales,

Informarles que contamos con despachos en Sabadell, Barcelona y Madrid. Todos nuestros letrados son expertos abogados de familia.

Saludos cordiales,

Abogada Sandra Burgos Abogado en Sabadell

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¡Hola!

Habría que interponer una acción de división de cosa común y usted se podría adjudicar el 50% de la vivienda de su pareja. Quedo a su entera disposición.

Cristina Cáffaro Font Abogado en Palma de Mallorca

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Buenas tardes,

Existen distintas posibilidades para formalizar lo que ustedes pretenden hacer. En todo caso, quien se queda con la vivienda en principio debe compensar a la otra parte por ese 50% de la vivienda que se adjudica, conpensación que se puede hacer de distintas maneras. Lo que tiene que tener claro es que no se trata de una renuncia de una de las partes (eso sería una donación), sino de una adjudicación. Respecto al banco, no suele admitir la posibilidad de que uno de los cónyuges deje de constar en el préstamo hipotecario, aunque en determinados casos lo acepta, lo cual sería lo más recomendable.

Un saludo y quedamos a su disposición para un asesoramiento más personalizado.

Vicente & Matanza

Vicente & Matanza Abogado en Valladolid

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Buenas tardes. Si como indicas teneis un altogrado de acuerdo en como regir la separación/ divorcio no parece que debais tener problemas .Esa cuestión como muchas otras debéis establecerlas en el convenio regulador. En todo caso, con independencia de a quien se adjudique el uso de la vivienda la propiedad sige perteneciendo a los dos y ambos tienen iguales derechos y obligaciones como propietarios y desde luego como deudores hipotecarios. otra cosa será que, en atención a las circunstancias económicas de cada uno, se pacten obligaciones económicas de más o menos cuantía en el convenio regulador.

A.D.M. abogados y mediadores .- Valladolid

ADYM Asesoramiento, Defensa y Mediación Abogado en Valladolid

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Buenos días, todas las opciones son validas, aunque para que él salga como deudor, el banco debe aceptar la operación. si hasta el momento, han estado pagando los dos la hipoteca a medias, no tiene mucho sentido que se reclamen deudas pasadas.

si lo desea podemos asesorarle.

Barquin de Cozar Abogados Abogado en Barcelona

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Buenos días

Lo que se suele hacer en estos casos es que quien se queda el uso de la vivienda se adjudica la otra mitad indivisa a cambio de quedarse con la hipoteca (aunque podrían pactarse pagos en compensación si lo que queda de hipoteca es mucho menos que el precio de la mitad de la vivienda, o al revés). Todo lo pagado hasta ahora queda igual, porque se supone que se ha ido adquiriendo cada uno su mitad, y si se hizo así al escriturar, ya no puede reclamarse nada.

Si desea que redacte el convenio en este sentido, estamos a su disposición. Saludos

Ignacio Tomas
Abogado

Tomás Doriga Abogado en Barcelona

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Buenos días

Es muy habitual, que en los divorcios de mutuo acuerdo se establezca que uno de los cónyuges se adjudica la casa y paga la hipoteca, sin embargo, para el banco esto no tiene ninguna validez.

No hay que confundir el préstamo con garantía hipotecaria, del que son prestatarios los dos al 50%, con la sentencia de divorcio en que uno de los dos se adjudica la casa y la hipoteca, ustedes se divorcia, pero por decirlo de forma simple, no se divorcian de la hipoteca.

El único que puede quitar de la hipoteca a uno de los dos prestatarios, es el banco. Aunque ustedes hayan hecho otro pacto, seguirán estando en la hipoteca, al banco no le importa quien la pague, mientras se pague. Sin embargo, en caso de impago de tres cuotas o mas, la entidad bancaria podría poner demanda ejecutiva contra los dos.

Ahora bien, el cónyuge que se haya adjudicado la casa y la hipoteca es quien tiene que pagarla, si no la paga y el banco le reclama al otro la deuda y este paga, puede a su vez reclamar lo pagado al cónyuge que venia obligado al pago por sentencia, dado que se adjudico la casa y la hipoteca.

Quedo a su disposición.
Carmen abogada de Málaga

M-G& D Abogados Abogado en Málaga

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