Herencia entre hermanos

Realizada por Javier. 17 ago 2016 Herencias

Ante todo agradecerles de antemano la respuesta. Acudo a ustedes ya que, en el mes de Marzo falleció mi padre. Dejando un testamento que, según me comentaron (ya que yo no lo he visto aún pero confío en ello) dejaba la mitad del apartamento a mi madre y la otra mitad a repartir a partes iguales entre 5 hermanos entre los cuales me incluyo, todos mayores de edad, y mi madre con 80 años. Ahora me comentan que tengo que ir a firmar unos papeles, algo de sucesiones si he entendido bien, algo que, sin leer no pienso firmar. Incluso me dicen que me lo pagan pues las dificultades económicas que estoy pasando son extremas.

1º ¿qué me mandan firmar? Han pasado unos 5 meses desde el fallecimiento.

2º ¿Qué obligaciones tengo? ¿Tengo que firmar sí o sí?

3º ¿Tengo algún derecho, puedo reclamar algo, mi parte por ejemplo?


Atentamente,

Javier González

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Estimado Javier, Le recomiendo que Vd. mismo dé los primeros pasos para averiguar su situación como llamado a la herencia. Lo primero es que Vd. se dirija al Registro Civil donde falleció el causante y obtenga una certificación de la defunción. Se la dan en el acto y no le cobrarán nada. A continuación dirijase a la oficina del Ministerio de Justicia de su ciudad donde puede solicitar un certificado de ultimas voluntades del finado(solo le costará 3,70 euros) y se lo expedirán en el acto. Con ese cerfiticado Vd. ya sabe si el causante ha otorgado testamento y en que Notaría , a la cual Vd. debe dirigirse en persona y solicitar una copia simple(se la darán si Vd. es interesado en el acto testamentario- si figura como heredero o legatario). Le aconsejo que realice estos trámites a la mayor brevedad , dado que vd. comenta que han pasado cinco meses desde el fallecimiento del causante , con lo cual los demás herederos pretenden liquidar el impuesto antes de los seis meses para no incurrir en demora. De todas formas , una vez obtenida toda la información que ha solicitado , puede llamarme o enviarme un correo y le diré exactamente las posibilidades que le plantea su caso y las posibles pretensiones de los coherederos. Tenga en cuenta que su porción de herencia y la del resto de herederos es determinante para los diferentes procesos de partición hereditaria conforme al Código Civil y la Ley de Jurisdicción Voluntaria 15/2015. Antes de hacer nada más , comience a recabar los documentos que le he indicado , le costará muy poco y los necesitará cuanto antes.

Julio Regueiro Delgado Abogado en A Coruña

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Si lo que quieren hacer es liquidar fiscalmente la herencia, esto es, pagar antes del sexto mes posterior al fallecimiento lo que corresponde a cada uno como herederos por el Impuesto de Sucesiones, no hay mås problema, es más están obligados a ello por la Ley. Pero si lo que quieren hacer es también repartir los bienes de la herencia, tendrá que comprobar que los bienes se reparten conforme al testamento o de forma que no le resulte más perjudicial que lo dispuesto en el testamento. Por ello, lo aconsejable es que antes de firmar nada busque el asesoramiento de un abogado que mire por sus intereses, por lo que sí quiere pedirnos un presupuesto puede contactar con nosotros.

Blasco Abogados Abogado en Logroño

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