He firmado el despido, ¿puedo recurrir si procede?
Realizada por aroa González Rodríguez. 16 oct 2012
A día de hoy y sin preaviso mi empresa ha decidido rescindir mi contrato alegando absentismo y bajo rendimiento en los dos últimos meses. No he tenido noticias anteriores a hoy, llevaba casi 5 años en esta empresa con contrato por obra y servicio. Me han indemnizado con 20 días por año. El problema es que al no saber que hacer, he firmado. Y no sé si he hecho lo correcto. En el caso de que esté mal, que no lo sé, ¿puedo recurrir?? Gracias por su tiempo.
Atentamente,
Aroa González
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La firma de la comunicación de despido no conlleva que Ud. este de acuerdo con tal decisión. Por eso, como le indica mi compañera, tiene un plazo de 20 días desde la fecha del despido para demandar, primero ante el SMAC -la presentación de la demanda paraliza el plazo- y luego, si no hay acuerdo, ante el Juzgado de lo Social.
De acuerdo, en parte, con la respuesta del compañero, pero, si ha firmado el finiquito, con todos los requisitos de éste cumplidos, no le va a ser fácil alegar error al hacerlo. Por otra parte, deberán cumplirse todos los requisitos necesarios para el despido objetivo y la carga de la prueba recae en el empresario. Así que, adelante, inténtelo y busque un abogado.
No importa que haya firmado: el firmar no implica la conformidad. Debe reclamar ante el servicio de mediación de su Comunidad Autónoma, solicitando conciliación previa a iniciar la acción judicial. Tiene de plazo 20 días desde hoy, pero conviene lo haga lo antes posible. Para este trámite no necesita abogado, pero sí resulta recomendable se asesore convenientemente. En caso de estar interesada en iniciarlo quedamos a su disposición.
Tienes 20 días para demandar contra el despido por improcedente, primero en papeleta ante el SMAC y, caso de no concilair, demanda ante el Juzgado de lo Social.