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Buenos días.
Sí, es obligado el pago por el nuevo propietario.
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3 respuestas
Buenos días, siempre que exista una transmisión de propiedad debe pagarse la plusvalía, y en caso de herencia lo debe abonar el heredero en el plazo de seis meses desde la fecha de defunción.
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Si. La plusvalía, como impuesto municipal se paga siempre que se produce una transmisión del inmueble, ya sea por vía de compra, herencia o donación.
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Si, lo paga el heredero en el plazo es de seis meses a partir de la fecha de defunción, prorrogables a un año si así se solicita por escrito dentro de los seis primeros meses. La prórroga se entenderá concedida si transcurrido un mes desde la petición no hay una resolución que la deniegue. Si bien hay una serie de bonificaciones si se trata de vivienda habitual. GLQ abogados. Esperamos servirle de ayuda si es así, recomiéndenos, un saludo.
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