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Los padres han de mantener a sus hijos hasta que éstos logran los medios económicos suficientes para subsistir por sí mismos. Puede ser hasta que finalicen sus estudios o hasta que encuentren trabajo. En casos extremos, se puede solicitar judicialmente una cesación en dicha obligación si se acredita que el hijo mayor de edad, aún teniendo capacidad para ser independiente y conseguir un empleo, no lo hace.
Un saludo.
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3 respuestas
Buenos días,
No hay una edad concreta en la que cese la obligación del progenitor no custodio de pasar a sus hijos la pensión de alimentos; sino que se producirá cuando los hijos sean económicamente independientes (a no ser que carezcan de esta situación por causas imputables a ellos).
Reciba un cordial saludo.
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Hasta que tienen medios de vida propios.
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Hasta que sean independientes económicamente y previa declaración por parte del juez en un proceso EE. Modificación de medidas
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