¿Hasta cuándo tengo que pasarle manutención?

Realizada por Carlos. 8 oct 2015

Si tengo un crío de 16 años que está cursando la ESO pero que ya es el segundo año que repite, ¿hasta cuando estoy obligado a pasarle la manutención? Porque no quiere estudiar

Respuesta enviada

En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente

Ha habido un error

Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.

Mejor respuesta

La obligación del pago de la pensión de alimentos que tenga establecida en Sentencia, se mantiene mientras su hijo sea menor de edad, y una vez que sea mayor de edad, mientras no sea independiente económicamente y se encuentre necesitado.

Atte.

Despacho de Abogados
Guzmán & Cubero

Despacho de Abogados Guzmán & Cubero Abogado en Madrid

2342 respuestas

3866 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenos días,
debe abonar la pensión aunque su hijo cumpla la mayoría de edad, si este sigue en el domicilio materno y mientras no sea independiente económicamente.
Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Maria Alonso Alvarez Abogada Abogado en Santa Cruz de Tenerife

16 respuestas

21 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenas tardes

La obligación de contribuir con la manutención de los hijos existe mientras el hijo sea menor de edad, y en caso de que cumpla la mayoría de edad y no sea independiente económicamente seguirá existiendo esa obligación.

Atentamente

Mª Angeles Hinojosa Aguilar

Granada

Mª Ángeles Hinojosa Aguilar Abogado en Granada

70 respuestas

35 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenos Días, le informamos que está obligado al pago de alimentos hasta que el menor alcance mayoría de edad y sea independiente legal y económicamente. Quedamos a su disposición para cualquier otro asunto.

Grech Abogados Abogado en Madrid

5488 respuestas

2184 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenos días Carlos,

Lo que debe tener claro es que no puede dejar de pasarle la pensión a no ser que tenga una resolución judicial que así lo permita.
Si lo desea podemos concertar una cita con el objeto de orientarle algo más en sus posibilidades.

Podemos encargarnos de todo el procedimiento y de brindarle un asesoramiento personalizado.

Visite nuestra web y redes sociales si desea conocernos.

Un saludo,

Departamento Procesal
Dolorier & Asociados Abogados
Madrid

Anónimo-226992 Abogado en Madrid

1734 respuestas

874 votos positivos

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Explica tu caso a nuestros abogados

Haz tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.

50 QANDA_form_question_details_hint

Tu pregunta y sus respuestas se publicarán en el portal. Este servicio es gratuito y no sustituye a una sesión de asesoría profesional.

Enviaremos tu consulta a expertos en el tema que te ofrecerán llevar tu caso personalmente.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

Introduce un apodo para mantener tu anonimato

Tu consulta está siendo revisada

Te avisaremos por e-mail cuando esté publicada.

QANDA_form_question_already_exists_ttl

QANDA_form_question_already_exists_txt

abogados 10700

abogados

preguntas 32250

preguntas

respuestas 62650

respuestas