¿Ha prescrito una deuda a la TGSS después de cerrar hace 15 años?

Realizada por joaquín. 24 ene 2017

Hola. Buenas tardes. Cerré un pequeño negocio en el 2001 y en el 2008 recibo una carta de la TGSS sobre una deuda por cuotas de autónomo. Les remití varios escritos y me han embargado varias cantidades. En julio presente un recurso de alzada y al no recibir respuesta, la volví a interponer en septiembre. Me han respondido hace 9 días solicitando más documentación. ¿Cuánto tiempo tiene que tener una persona cualquier documento? y...he solicitado baja retroactiva hasta el cierre del negocio el 30 de Octubre de 2001 especificando prescripción extintiva. ¿Ha prescrito dicha "supuesta" deuda? ¿Qué tengo que hacer si me deniegan la baja retroactiva? Es un sufrir después de más de 15 años. Muchas gracias. A ver si alguien puede ayudarme. Muchas gracias

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Buenos días Joaquín, las deudas con la seguridad social prescriben a los 4 años, sin embargo, si ejercieron la reclamación dentro de plazo se interrumpe volviendo a empezar de nuevo el cómputo.

Para poder solicitar la baja con efectos retroactivos, deberá aportar documento de inactividad de la sociedad, si realmente no ha tenido actividad ni ingresos por su profesión durante este tiempo es procedente que le acepten la baja.

Es una respuesta genérica, seria conveniente que un profesional revisara su caso.

Montserrat Vinyals Esteban Abogado en Sant Cebrià de Vallalta

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