Guarda y custodia de la 2ª hija

Realizada por javier. 3 jun 2014

Hola,

padre separado y divorciado con dos hijas (16 y 5 años).

Dado que la madre no se preocupaba de la hija mayor, ahora está con su padre y separada de la pequeña a la que solo vemos los fines de semana.

La cuestión es, ¿cómo se puede recuperar a la niña pequeña sabiendo que la madre solo la tiene por el piso y la pensión?

Sabemos que a la niña le están continuamente diciendo cosas negativas de la familia paterna, la niña cuando viene los fines de semana viene con la misma ropa siempre y sin duchar, la niña se pasa la mayor parte del tiempo con el hermano de la exmujer siendo este un ex convicto que estuvo en la cárcel y que está en temas de drogas (sin razón ninguna ya que supuestamente ella no trabaja) y también se pasa la mayor parte del tiempo con su abuela materna que se encuentra enferma y sin saber porque no se ocupa la madre de ella.

Contínuas visitas en bares y establecimientos poco apropiados para una niña de 5 años...

Y lo mejor de todo, que amenaza que se la va a llevar a otra comunidad autónoma, separando a las dos hermanas... y todo esto sin interesarle ni lo más mínimo qué es lo que le ocurre a la mayor, ni estudios, etc.

Ya no sabemos qué hacer, encima la mujer en cuestión se gasta todo el dinero en ella misma, dando siempre problemas para los gastos compartidos de cualquiera de la dos hijas...

¿Hay alguna posibilidad de quedarnos con la pequeña? Pensamos en detectives, etc. pero siempre dicen que el padre tiene todas las de perder...

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Buenos días:

Si pueden probar que la niña de 5 años estaría mejor atendida con Uds. que con la madre, la demanda sería prosperable. Además, el hecho de que ya resida con Uds. la hermana mayor es un punto a su favor.

Ya hoy día la idea de que el padre siempre tiene las de de perder, se va desvaneciendo y hay cada vez más padres con custodias exclusivas o compartidas.

Pero como le digo, todo dependerá de lo que puedan probar. Pueden contratar efectivamente a detective, pero también aportar testigos o cualquier otra prueba admitida en Derecho.

Si aún le pasa el padre pensión por la hija mayor, también podría pedir su supresión, dado que ya convive con él.

En cuanto al uso de la vivienda, dado que va ligado a la custodia, tenga en cuenta que también podrán reclamarla, si les interesa.

Quedando a su disposición,

Saludos cordiales.

Lex Situs Abogado en Algeciras

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Distinguido Javier,

Si Vd quiere la custodia total de su hija de 5 años, o en su defecto la compartida, deberá pedirlo judicialmente, y para ello tanto el Juzgador como el Ministerio Fiscal deberán llegar a la conclusión, a través de diferentes medios probatorios, que eso va a ser lo mejor para el bienestar de la menor.

Quedamos a su disposición, para ayudarle en esta cuestión, cordialmente.

A.M.a.s. Abogados & Asesores Abogado en Barcelona

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Buenos días:

quizás este tema deba tratarse y explicarse personalmente en el despacho de un abogado, pero en una primera impresión, no entiendo porqué las niñas están separadas. En caso de haber objetivas circunstancias que certifiquen que la niña pequeña no está siendo debidamente atendida, habría que conseguir un informe de asuntos sociales, de psicólogos que avalen esta situación. Le vuelvo a recomendar que un letrado le dirija el camino y contemple todas las posibilidades. La justicia puede darle la razón.

Abogado Pérez Valenzuela Abogado en Cabra

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Lo de que el padre tiene todas las de perder, entraría en el dicho popular de "leyenda urbana". Para empezar haré un comentario extra-jurídico personal: en tema de menores y familia, ni el padre ni la madre tienden a perder, el que pierde siempre es el hijo/los hijos. Dicho ello, voy a dar mi opinión:
1º Si la hija mayor está con el padre, me sorprende que la menor no esté, dado que los Jueces no tienden a separar a los hermanos
2º el hecho de que la madre destine la pensión a su propio interés, que tiene a la hija por la vivienda y por la pensión, no voy a decir que no sea así, pero estas afirmaciones suelen hacerse tomando en consideración aspectos subjetivos, apreciaciones, y el Juez no resuelve por las meras apreciaciones de uno, sino por las pruebas que se le presenten
3º lo del hermano ex convicto, es un aspecto a valorar por riesgo para la menor, pero el hecho de haber estado en la cárcel si ha cumplido la pena, no puede ser usado como causa, sí que se puede usar el tema del consumo de droga siempre y cuando se pruebe
4º lo de los bares y lugares poco apropiados, lo cierto es que dicho así, tengo que echar las manos a la cabeza ante tanta irresponsabilidad, pero claro, podría ser que lo que yo pienso como lugar poco apropiado no sea lo mismo que lo que ud piensa: en derecho es importante lo que se dice y como se dice, además de probarlo, indudablemente
5º lo de la abuela enferma, no se que decir al respecto, puede ser tan relevante como irrelevante.
Por lo tanto, a la vista de lo expuesto, le manifiesto que no veo tan inviable que puedan darle la custodia al padre y la investigación del detective puede ser determinante para poder establecer los elementos de prueba precisos. Además, el menor deberá ser examinado por el equipo adscrito al Juzgado para valorar el riesgo del menor. En este punto, no puedo exponer con acierto el funcionamiento del Juzgado que le corresponda habida cuenta que mis últimas experiencias en familia pusieron de manifiesto las deficiencias del sistema, pues solicitada valoración del Equipo Técnico, ante las faltas de recursos de la Administración, solo se concedían a aquellos que litigasen con la Justicia Gratuita, remitiendo a la parte a contratar pericial psicológica independiente. Solo lo adelanto para no dar por sentado que el Equipo Técnico la examinará sí o sí. Cuestión distinta sería la capacidad litigiosa para poder mostrar ante la Administración la necesidad de que un equipo en principio imparcial por estar sujeto a la Administración de Justicia solo actúe en casos de Justicia Gratuita y no siempre en defensa del menor. Pero eso ya es otro tema. Yo expongo lo que conozco no por formación sino también por la experiencia.

Suárez & Núñez Abogados Abogado en Tarragona

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Buenas tardes:

Todo lo que comenta puede ser tenido en cuenta para realizar una modificación de la custodia, pero hay que acreditarla, puede consulta a un detective para obtener prueba según los lugares que frecuenta o bien si la niña puede ver afectada su educación, sería prueba. ¿La niña pequeña manifestó en algún momento si desea que este con usted o su otra hermana? ¿Cuales fueron las condiciones iniciales de repartir la custodia?

Quedo a su disposición.

Bermúdez&Asociados Abogado en Lugo

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En primer lugar tendría que presentar una demanda de modificación de las medidas acordadas en la Sentencia de divorcio respecto a su hija mayor, ya que han variado las circunstancias al haber pasado a residir con vd., debiendo solicitar ser oída al respecto.

Igualmente, en esa demanda puede solicitar le sea atribuida a vd. la guarda y custodia de su hija menor, acreditando que el interés de la menor requiere que resida junto a su hermana y a fin de alejarla de los perjuicios que le supone el residir con el entorno de la madre.

El Juez tendrá que valorar que es lo que procede en interés de la menor.

Atte.

Despacho de Abogados Guzmán & Cubero Abogado en Madrid

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