Gastos extrordinarios

Realizada por moste. 8 sep 2014

Hola, en mi convenio dice simplemente gastos extraordinarios sin especificar qué gastos son. Por tanto mi pregunta es:

¿qué entra en este caso, cuáles son?

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Buenos días,

Se definen como gastos extraordinarios los que, siendo necesarios o imprescindibles, son imprevisibles y no periódicos. Según los tribunales tienen esta consideración (entre otros), los siguientes:
- La inscripción en un colegio privado por uno solo de los progenitores, cuando el otro no expresa su disconformidad
- Las clases de repaso o apoyo si existe necesidad o conve­niencia de tales clases, a la vista del expediente académico del hijo.
- Las actividades extraescolares si se revelan necesarios o indispensables para el desarrollo integral del menor
- Los gastos médicos, terapéuticos o farmacéuticos que necesite el hijo y no estén cubiertos por la Seguridad social
- Los viajes de estudios cuando se estiman, no sólo aconsejables, sino necesarios, por estar realizados por todo el curso y ser de difícil explicación no hacerlo por diferencias entre cónyuges, y son imprevisibles porque no tienen lugar en todos los centros ni en todos los cursos
- La formación universitaria y aún los cursos en el extranjero, oposiciones, masters en el extranjero, doctorados, y otras similares merecen el calificativo de ordinarios según las circunstancias.

Saludos cordiales,

jeronilliteras Abogado Abogado en Manacor

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Gastos que sean de tipo puntual que queden al margen de los de alimentos: alimentaicón, habitación, colegio, vestimenta, etc.

Los gastos del colegio son ordinarios, lo de un viaje extraescolar son extraordinarios.

Bermúdez&Asociados Abogado en Lugo

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Si no han determinado expresamente cuáles de los gastos de los menores son considerados como extraordinarios, únicamente podrán se calificados como tales aquellos no previsibles que sean necesarios, tales como gastos médicos, farmacéuticos, ópticos, etc., no siendo generalmente calificados como tales los libros y material escolar, ni los derivados de actividades extraescolares.

Atte.

Despacho de Abogados Guzmán & Cubero Abogado en Madrid

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