Gastos extraordinarios. ¿A qué se refieren?
Buenas noches. Me dirijo a ustedes para ver si me pueden aclarar el tema de los gastos extraordinarios en el tema de la pensión de manutención en el divorcio.
Tengo entendido que los gastos extraordinarios de los hijos con derecho a la pensión de manutención son por mitad (mitad la madre; mitad el padre).
Mis preguntas son las siguientes:
1- ¿Los gastos extraordinarios quedan fuera de la pensión de manutención?, Es decir, ¿son a parte?
2- ¿Corresponden por mitad a cada progenitor?
3- ¿A qué se pueden referir dichos gastos? ¿Me pueden poner algún ejemplo de tales gastos?
4- ¿El coste sacarse el carnet de conducir de un hijo con derecho a pensión puede ser un gasto extraordinario?
Muchas gracias de antemano.