Gastos de manuntención y pensión compensatoria en separación con hijos

Realizada por Carlos Crespo. 16 feb 2015

Hola. ¿Si te dan la custodia compartida los gastos deben ser pagados entre los dos o tengo que además pasarle a ella alguna pensión?


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Buenas tardes.
Si se concede la custodia compartida, cada uno debe hacerse cargo de los gastos de los hijos durante el tiempo en que estén con aquéllos. Cuestión distinta es la concurrencia o no de las circunstancias que motivan la fijación de una pensión compensatoria a favor de la madre que, en cualquier caso, podría adoptarse con carácter temporal de forma general.
Si lo desea, puede contar con nuestro asesoramiento.
Bufete De Ávila&Sacaluga.

Bufete de Ávila & Sacaluga Abogado en Cádiz

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Buenos días: La custodia compartida implica una satisfacción por mitad de los gastos de los hijos, a salvo de que los progenitores pacten lo contrario. De una parte, la "pensión de alimentos" es obligatoria y, de otra parte, la denominada como "pensión compensatoria", no es obligatoria si no que dependerá de una cierta serie de circunstancias que se tendrán en el caso de que se trate y como, en Derecho de Familia a diferencia de otras ramas del Derecho, cada caso es total y absolutamente diferente y la solución que pueden aplicar los Tribunales también puede variar en función del caso en concreto (si bien existan ciertas normas generales), el Abogado que, finalmente, le lleve a Usted el caso habrá de proceder, de una parte, a estudiar esas concretas circunstancias y, de otra, la casuística de los Tribunales a fin de darle a Usted una orientación lo más precisa posible. Entre esas circunstancias, como acertadamente le han comentado otros Compañeros, se hallaría la de la capacidad económica, pero ésta concreta circunstancia no sería ni la más importante ni la única determinante a la hora de evaluar un posible pensión compensatoria.
Dra. Eva María Sánchez y Rodríguez. Letrada de la "AEAFA" y Consultora especialista en materia de Derecho de Familia y de Adopción.

Abogados Matrimonialistas y de Familia Abogado en Madrid

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Depende de la capacidad economica de cada progenitor, pero es bastante habitual que si la custodia es compartida por tiempos iguales cada uno pague lo suyo.
si necesita orientacion nuestro despacho es experto
un saludo
maría martinez de Simon

Maria Martínez de Simón Abogado en Burgos

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Buenas tardes,
Lo más habitual es que en la custodia compartida cada uno pague los gastos que le correspondan cuando están con ellos. No obstante, sí que se puede dar el caso de que una custodia compartida también tenga pensión de alimentos.

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