Factura de inscripción de bienes heredados en el registro de la propiedad
Realizada por J. Gras. 19 feb 2015
Hola. Somos tres herederos y solo hicimos una copia de la escritura, quedándonos los otros dos con fotocopia. El que tenía la original la llevó al registro de la propiedad, algo que yo no quería por el momento ¿me puedo negar a pagar mi parte?
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Buenas tardes. La titularidad registral corresponderá a los tres herederos, por lo que la factura debe ser pagada por terceras partes. Bufete De Ávila&Sacaluga.
Buenos días, en principio no existe plazos para regularizar la situación tras una aceptación de herencia, pero sí que es lo más recomendable y tarde o temprano es un trámite que debe realizarse.
Entiendo que la factura a la que se refiere es la que emitió la notaria con la aceptación de herencia, y en este caso, la factura la puede pagar cualquier heredero, sólo que posteriormente el heredero que se haga cargo de la misma, puede solicitar al resto el abono de la parte correspondiente.
En primer lugar, indicarle que el problema que plantea no es con el Registro, pues de hecho, entiendo que ya se ha abonado el total de la factura. En lo referente al Registro no debe preocuparse.
Por otra parte, señalar, que el pago de la factura entre usted y sus hermanos es solidario, esto es, que cualquiera de ustedes la podía pagar, (y de hecho así se realizó). Otro tema diferente, es que ahora sus hermanos le reclamen la parte proporcional que a usted le incumbe. En principio entiendo que debería abonar su parte, pero esto no implica que pueda ser más adelante. Por ello, le aconsejo que se siente con sus hermanos, exponga sus motivos e intenten llegar a un compromiso de pago, bien sea aplazanodolo o bien fraccionándolo en mensualidades.