¿Existen ayudas estatales cuando no te pasan la manutención?

Realizada por ELENA. 18 may 2015

Os consulto desde Valencia, España.


El padre de mi hijo se ha marchado del país. Nunca me pasó manutención. ¿Existe alguna ayuda estatal? Yo trabajo y tengo hipoteca.

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Buenas tardes Elena, sí existen ayudas. Concretamente el «Fondo de Garantía del Pago de Alimentos», creado por la Ley 42/2006, de 28 de diciembre, y regulado por el Real Decreto 1618/2007, de 7 de diciembre, es un fondo carente de personalidad jurídica, que tiene como finalidad garantizar a los hijos menores de edad el pago de alimentos reconocidos e impagados establecidos en convenio judicialmente aprobado o en resolución judicial en procesos de separación, divorcio, declaración de nulidad del matrimonio, filiación o alimentos, mediante el abono de una cantidad que tendrá la condición de anticipo.

Esther Parra Ruiz Abogado en Madrid

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Buenos dias Elena,
Soy Teresa de las Heras, titular del despacho DE LAS HERAS Abogados, quisiera pedirle disculpas en mi nombre y en el de mi colaborador por la información que se le proporcionó desde este despacho. Efectivamente, existen ayudas estatales tendentes a compensar de alguna manera a los hijos que no reciben pensión de alimentos por parte del progenitor obligado a ello. Una vez aclarado esta cuestión, la información que le proporcionamos referente a ayudas por hijos es perfectamente cierta y actual.
Quiero manifestar, también, mi agradecimiento a los/as compañeros/as que han respondido con celeridad y de manera correcta a la pregunta por usted formulada.
Gracias.

Teresa de las Heras.

Teresa de las Heras Abogado en Palma de Mallorca

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Buenos días Elena. Efectivamente existen en algunas Comunidades Autónomas ayudas públicas para hacer frente al impago de pensiones alimenticias.

A nivel estatal, existe la Ley 42/2006 de 28 de diciembre que creó el Fondo de Garantía del Pago de Alimentos, regulado por el Real Decreto 1618/2007 de 7 de diciembre, la cual establece el pago de una cantidad a favor de los hijos menores de edad. Ahora bien, para ello habrá que disponer de sentencia judicial por la que se reconozca la pensión alimenticia.

Espero haberle sido de ayuda. Para cualquier cuestión al respecto, no dude en ponerse en contacto con nuestro despacho.
Un saludo

Martínez de La Llana Abogados Abogado en Zaragoza

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Buenas tardes Elena,
El Estado no ayuda a las familias cuando uno de los progenitores no pasa la manutención. Lo que sí que existen son ayudas económicas dirigidas a familias monoparentales, numerosas, con hijos con discapacidad...
Actualmente existe ayudas directas y fiscales, por ejemplo:
- Prestación familiar por hijo a cargo. Es una ayuda semestral que el Estado, para ser exactos el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), concede a personas con hijos que no superen un límite de ingresos. Debe usted dirigirse a una oficina del INSS e informarse.
- Deducción en el IRPF (esta ayuda es de muy reciente implantación), la pueden solicitar también las familias numerosas, monoparentales o con algún descendiente con discapacidad.
Al mismo tiempo, debería usted dirigirse a los Servicios Sociales de su Comunidad o Municipio, dependiendo de su nivel de ingresos tendrá derecho a otro tipo de ayudas.
Espero haberle ayudado.
Un saludo.

Teresa de las Heras Abogado en Palma de Mallorca

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