¿Estando embarazada me pueden trasladar?

Realizada por Delia. 15 ago 2012

Me han dicho que por causas económicas y organizativas tengo que ir a un centro de trabajo distinto del mío, que está 45 kilómetros más lejos de de ahora, pero que no supone traslado de domicilio. En mi trabajo somos 4 personas realizando las mismas funciones y yo la más antigua y única embarazada. Es cierto que los números no dan para mantener todos los puestos y sobra una persona, pero son los mismos números que había antes de contratar a la última persona que se incorporó, por lo que creo que lo que están intentando es que yo me vaya aceptando la indemnización de 20 días/año, ya que ese cambio me perjudica por los gastos añadidos para llegar al trabajo, ya que ahora estoy a 5 kilómetros de mi puesto de trabajo y el cambio me supone dos horas diarias más en desplazamientos y me complica la conciliación familiar (tengo otros hijo de 6 años). ¿Pueden obligarme a hacer este traslado? No quiero perder el trabajo y menos aún ahora que estoy embarazada. ¿Existe algún tipo de protección contra esta clase de despidos encubiertos? Muchas gracias.

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El asunto no es fácil de contestar con un sí o un no. Efectivamente se puede trasladar también a una persona embarazada, si lógicamente está justificado el traslado. Pero en el supuesto que relata, parece que existen claros indicios de discriminación, por lo que en su caso pudiera impugnarse el traslado por vulneración de derechos fundamentales, y ello llevaría aparejado la nulidad del traslado y el derecho incluso al resarcimiento por daños y perjuicios morales, pero habría que estudiar todas las pruebas, datos económicos, plantilla, etc.

No olvide que el traslado es ejecutivo, y que tiene que trasladarse, al margen de que usted pueda impugnar el mismo en un plazo de 20 días hábiles desde la fecha de efecto o fecha desde que haya recibido la comunicación por escrito.

Saludos,
Federico Díaz - Abogado

DJ Asesores Abogado en Sevilla

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