Estancia mayor a 90 días en la Unión Europea siendo extranjero no europeo
Realizada por Ezequiel. 6 jun 2012
A quien corresponda,
estaba de vacaciones en España y conocí a varios dueños de empresas en un congreso. Uno me ofreció un trabajo legal, con contrato, para empezar inmediatamente.
Qué posibilidades hay de que se pueda concretar esto sin que tenga que salir de España?
Cuál es la penalización o castigo por sobrepasar los 90 días legales en la Unión Europea? En otras palabras, qué es lo peor que puede pasar en la aduana española cuando salga de Europa?
Saludos,
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Estimado Ezequiel.
Si sobrepasas la estancia de 90 días te conviertes en ciudadano irregular, es decir, lo que suele llamarse ilegal.
Lo que te podría ocurrir es que te extraditasen. Sin embargo, si consigues un contrato de trabajo, podrías regularizar tu situación solicitando la tarjeta de permiso de residencia y trabajo.
Lo más recomendable, es que antes de que transcurra el periodo de 90 días, solicites en la oficina de extranjería una prorroga de ellos, aunque ya te advierto, que ahora mismo autorizan muy pocos.
Para que pueda ser contratado, tiene que tener un visado de Residencia y Trabajo del que carece, ya que usted entró con visado de turista, este permiso para trabajar se expedirá en el Consulado de España del pais de origen cumpliendo una serie de requisitos.
Estando en España solo puede trabajar legalmente si regulariza su situación por la vía del Arraigo, previa estancia de 3 años.
Su visado de Turista de 3 meses puede ser prorrogado por otros tres meses