¿Es obligatoria la fianza en un contrato de alquiler verbal?

Realizada por david. 20 nov 2013

Respuesta enviada

En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente

Ha habido un error

Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.

Mejor respuesta

Buenas tardes:

Me imagino que te refieres a un arrendamiento de vivienda. Según establece la Ley de arrendamientos urbanos, para asegurar los posibles daños en la vivienda, hay que abonar en los contratos de vivienda una mensualidad de renta y en los contratos de local de negocio dos mensualidades de renta. Da igual que el contrato sea escrito o verbal, pues lo importante es que es un contrato de alquiler de vivienda o en su caso de local. Un saludo

Abogados Puerta Del Sol Abogado en Madrid

149 respuestas

134 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

El contrato verbal es totalmente válido en derecho, lo difícil es la prueba sobre el mismo. Por lo tanto, la fianza es obligatoria aún en el supuesto de ser verbal. 1 mes en supuestos de arrendamiento de vivienda y 2 meses para el supuesto de arrendamiento de local.
Estamos a su disposición en nuestro despacho para la redacción de su contrato, ya que no le recomendamos un contrato verbal, ya que en caso de problemas posteriores, sería difícil o prácticamente imposible la prueba.

Litis Abogados Abogado en Aranjuez

7 respuestas

2 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenas noches:

Conforme a Ley de Arrendamiento es obligatorio un mínimo de un mes de fianza, pudiendo ampliarse o sustituirse por otro medios u avales en todo caso.

A mayores se establecen unos requisitos formales y procedimiental adminsitrativos para esa fianza, que no realizarlos puede llevar sanción para el propietario.

Quedo a su disposición a través de la plataforma si estuviera interesado.

Saludos.

Bermúdez&Asociados Abogado en Lugo

435 respuestas

311 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Siempre es obligatorio la fianza, independientemente de la forma de materializar el contrato, ya sea verbal o por escrito.
Atentamente

Jionos & Abogados Abogado en Sevilla

30 respuestas

20 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Explica tu caso a nuestros abogados

Haz tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.

50 QANDA_form_question_details_hint

Tu pregunta y sus respuestas se publicarán en el portal. Este servicio es gratuito y no sustituye a una sesión de asesoría profesional.

Enviaremos tu consulta a expertos en el tema que te ofrecerán llevar tu caso personalmente.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

Introduce un apodo para mantener tu anonimato

Tu consulta está siendo revisada

Te avisaremos por e-mail cuando esté publicada.

QANDA_form_question_already_exists_ttl

QANDA_form_question_already_exists_txt

abogados 10700

abogados

preguntas 32250

preguntas

respuestas 62650

respuestas