¿Es normal que me quiera cobrar en negro?

Realizada por mia. 5 jun 2014

He tenido un Juicio del cual no ha salido sentencia aún, tardará de una a 2 semanas dice mi abogada. A ella le pagué 800€ de provisión de fondos de los cuales tengo 2 facturas de 400€ cada una firmadas por ella pero sin IVA. ¡Quedamos en que me costaría como máximo 1200-1400€ hoy me ha dado el susto mortal! ¡Me ha dicho que todo asciende a 3900€! Más el 21% de IVA de esto solo descontaría 800€ que ya le he pagado de Provisión de fondos, ¡para empezar no me gusta ni cómo ha trabajado, ni actuado ni nada! En fin, una abogada mala mala… y resulta me dice si prefieres lo podemos hacer en negro… y solo me pagas 2000€ pero en efectivo que no sea vía transferencia ni ingreso… Muy sospechoso señores.. Para empezar ¿no deberían pagarme los costes la parte que pierde? ¿Y si aún no se sabe la sentencia cómo es posible que ya me reclame? ¿Y por qué tanta diferencia a la cantidad que me había dado desde un principio…? Y además porque me lo reclama en negro y menos cantidad… ¿qué trama? Puede que haya cobrado ya por parte del Seguro del coche ya que esto es un Accidente de Tráfico y ellos me han indemnizado antes de entrar a Juicio pero igual se ha celebrado el Juicio en contra del conductor ya que cometió varios delitos. ¿Qué puedo hacer? ¿Qué me recomendáis? Muchas gracias!

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En primer lugar, si Uds. quedaron en que le costaría como máximo 1200-1400 €, habría que saber si fue un pacto verbal o se reflejo por escrito. En ambos casos deberían haberle indicado si la cifra era IVA incluido o no. Si fue un pacto verbal, le será probablemente difícil de probar (salvo que tenga testigos o alguna otra prueba).

El hecho de que le pretenda cobrar sin Factura ni por tanto IVA no es legal, pero es muy habitual. A Ud. le supone el ahorro del IVA y a la abogada del IRPF. Economía sumergida.

Por otra parte, lo que Ud, ya ha abonado en dos pagos de 400 € no son facturas, son recibos de provisión de fondos. Tiene al menos suerte de que no se los esté cuestionando.

En cuanto a la reclamación anterior a sentencia, no es lo más común, pero la abogada puede pedirle sus honorarios en el momento que se devenguen (salvo que Uds. hubieran pactado otra cosa), y dado que su trabajo ha terminado, está en disposición de poder hacerlo.

Y, finalmente, en cuanto a la condena en costas a la parte contraria, habría que esperar a la sentencia para ver si recoge ese pronunciamiento o no. Si lo recoge, su abogada puede igualmente pasarle a Ud. la minuta; cuando la otra parte pague las costas, se le entregará a Ud. Tenga en cuenta que en ocasiones la minuta puede ser superior a lo que vaya a recibir por la condena en costas, debiendo Ud. abonar la diferencia. Si no hay condena en costas, por supuesto deberá haber corrido con los gastos que el procedimiento le haya ocasionado. No tenemos manera de saber si la abogada ha cobrado ya algo o no de la aseguradora. Finalmente, si ha sido una abogada libremente designada por Ud. debería comprobar si su seguro cubría esta posibilidad.

Saludos cordiales.

Lex Situs Abogado en Algeciras

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En primer lugar, hay que ver si elaboraron hoja de encargo o no y contenido de la misma. Si es pacto verbal, será difícil probar el precio pactado. Respecto a esperar la sentencia, los honorarios de abogados es por servicio prestado, no de resultado (aun cuando se pacte cuota litis), por lo que si ha concluido la labor profesional, puede girar honorarios, ello sin perjuicio de que pueden liquidarse por actuaciones concretas.
Ud tiene el derecho y el deber de exigir factura con IVA
Las costas, indemnización al justiciable que ve ganadas sus pretensiones, se fija por el Órgano Judicial y se resuelve en sentencia o en auto (depende del trámite procesal en que se resuelva una intervención que precisó de letrado y procurador en su caso)
Si no hay hoja de encargo con fijación de honorarios, si se estiman excesivos, puede acudirse a los criterios orientativos de honorarios del colegio de Abogados del territorio donde se llevaron a cabo las actuaciones procesales y profesionales.
Será un placer ayudarle y asesorarle.

Suárez & Núñez Abogados Abogado en Tarragona

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En primer lugar, voy a partir del respecto hacia el compañero/a que ha intervenido en Juicio, pues me debo a ello moral, ética, profesional y estatutariamente. En lo que concierne al caso, primero de todo, ud puede y debe exigir su factura con IVA. El precio del servicio contratado, si existe un presupuesto firmado, habrá que estarse al presupuesto firmado. De no haberse fijado un presupuesto, deberá probarse el pacto verbal, y de lo contrario, solo restaría comprobar si el importe se ajusta a los criterios de honorarios del Colegio de Abogados que sirven solo como orientativos para condena en costas y juras de cuenta por no haber hoja de encargo y si hay o no partidas que no se hayan justificado o que estén sobrevaloradas. Las costas tienen naturaleza de indemnización para el cliente, pero debe estarse a lo que disponga la sentencia sobre las mismas. Respecto a lo que puede hacer, en primer lugar y como operador jurídico, que reclame la factura con IVA y que se tengan en cuenta las provisiones de fondo, y en segundo lugar que le justifique las partidas que reclama y en caso de duda intentar abrir vías amistosas para solventar el problema y si es posible, en última instancia y antes de impugnar por excesivas o indebidas, promover vías de resolución con la intervención del Colegio Profesional. Desconocemos los datos para dar una consideración al respecto. Los honorarios son libres, pero deben haberse pactado, si prueba el pacto, es lo que rige.

Suárez & Núñez Abogados Abogado en Tarragona

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