¿Es legal grabar vídeo y audio en un lugar privado, pero de acceso público?

Realizada por Miguel. 29 jul 2015

¡Hola!


Tengo una duda que no me han sabido aclarar ni la propia policía local. En mi población existe una sociedad deportiva, con unas instalaciones (pistas de tenis, bar, piscina, etc.), cuyo acceso es para socios, pero que no dispone de barrera, vigilante, ni ningún elemento que impida el acceso a no-socios. Tampoco hay ningún cartel que lo indique, y de hecho, hay dos puertas abiertas a la calle durante todo el día. Es decir, cualquier persona puede entrar en el recinto y circular por él libremente.


Hace un par de días fui a ver a mis hijos que hacen un campus de verano en dicho club, y cuya madre me impide ver ni comunicarme con ellos, estando en proceso de divorcio contencioso. Estaba hablando con mi hija de 8 años, cuando se acercó mi mujer y empezó a increparme a gritos.


Todo ésto lo grabé con mi móvil, audio y vídeo, en las imágenes aparece mi hija, y mi mujer gritándome e increpándome.


Un empleado del centro vino y me dijo que era ilegal grabar allí sin permiso, y que si no era socio tenía que irme. Le dije que ningún problema, y me fui.


¿Es legal la grabación que realicé, teniendo en cuenta que la quiero aportar como prueba en el proceso de divorcio, y que yo participo en la grabación?

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Si bien es cierto la captación de imágenes sin el consentimiento de las personas que aparecen es ilícito (por cuanto vulnera su derecho a ala imagen), es más cierto que el uso que usted va a dar a esas imágenes servirá para defenderse de alguna acusación, por lo que se desprende de su intervención. Así las cosas dichas imágenes corresponden a su derecho a la defensa con cualquier medio de prueba que quede a su alcance. La admisibilidad o no de esa prueba dependerá del criterio del juez según lo anteriormente expuesto y teniendo en cuenta los bienes jurídicos protegidos que se encuentren en disputa.

Un saludo.

Despacho Borche Abogado en Palma de Mallorca

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