¿Es delito decirle a un Guardia Civil 'me quedado con su cara'?

Realizada por jhonny sergio veizaga orellana. 8 sep 2014

Hola, ¿qué delito es decir a un guardia civil "me he quedado con su cara"? Estaba en estado de embriaguez. ¿Qué pena me puede caer? Espero que me saquen de dudas.

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No creo que pueda considerarse como delito. A lo sumo podría ser constitutivo de una falta de respeto o consideración debida a la autoridad o a sus agentes, tipificada en el artículo 634 del Código Penal y castigada con pena de multa de 10 a 60 días (entre 60 y 150 euros de multa aproximadamente).

Para cualquier otra aclaración, puede ponerse en contacto conmigo.

Saludos cordiales.

Miguel Guillén Llovería Abogado en Zaragoza

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Es muy probable que esos hechos sean calificados como una falta contra el orden público por falta de respeto y consideración a un agente de la autoridad.

Por tanto, se celebraría un juicio de faltas en el que de resultar condenado, la pena que podrían imponerle sería el abono de una multa económica.

Atte.

Despacho de Abogados Guzmán & Cubero Abogado en Madrid

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Sr. Veizaga.

La expresión podría considerarse como amenazante o desconsiderada. El estado de embriaguez podría ser atenuante (reducir la pena) o eximente (quitar toda la pena) dependiendo del grado.

En cuanto a la infracción entiendo que seria considerada una falta del art.634 del código penal que se castiga con de 10 a 60 dias de multa siendo la media de la multa 10 euros por cada dia que le pusieron, pero claro de ser condenado.

Como falta salvo autorización especial no tiene derecho a abogado de oficio por lo que deberá contratar a uno o defenderse usted mismo con sus argumentos. Si necesitara de nuestros servicios puede contactarnos en Legalvacia Advocats i Assessors.

Atentamente aprovecho para saludarle.

Miguel Angel Barona Sellés - Legalvalencia Abogado en Llíria

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Sr Veizaga, podría considerarse que la expresión es un amenaza, pero el estado de embriaguez podría considerarse como atenuante o eximente dependiendo del grado de embriaguez. También habría que sopesar si hubo testigos del Agente o si usted tenia testigos de su estado de embriaguez, el tono y el lugar y hora en que lo dijo, etcétera.

Entiendo que podrían considerar los hechos como constitutivos de una falta de falta de respeto y consideración debido a la autoridad del art. 634 del Código Penal que esta penado con multa de 10 a 60 días. Si necesita mayores precisiones o defensa legal puede contactar al despacho Legalvalencia.

Saludos.

Miguel Angel Barona Sellés - Legalvalencia Abogado en Llíria

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