En una reclamación de legítima ¿hay que especificar cantidad?
Un legitimario desea reclamar la legítima que le corresponde (código civil catalán) y hacerlo en primer lugar por la vía amistosa, enviando un escrito por burofax (con acuse de recibo y certificación de contenido). ¿Debe especificar la cantidad que le reclama o con mencionar que se le reclama la legítima hay suficiente?
Para hacer este trámite, ¿es obligatorio hacerlo con abogado?
Muchas gracias.