¿En en el juicio de faltas hay costes? Y de ser así, ¿a quién corresponde?
Yo soy la denunciada y me gustaría saber a qué me puedo exponer... Muchas gracias de antemano.
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Como regla general en los juicios de faltas no hay condena en costas al no ser preceptiva la asistencia de abogado y procurador de todas formas se estará a lo que se disponga en la sentencia. En caso de que corresponda deberá abonarlos el condenado.
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En caso de condena, a lo que diga la misma.
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Buenos días,
En los juicios de faltas a no ser obligatoria la asistencia de letrados, normalmente no condenan en costas, a no ser algunos casos muy excepcionales.
Quedamos a su disposición si necesitara de nuestros servicios para su defensa en este procedimiento.
Un saludo.
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