Buenas noches a ver si me pueden ayudar, tengo un embargo judicial en curso quedan 1190 euros por pagar, la pregunta es la siguiente ¿ si la devolución de la renta es superior a ese importe, solo embargan hasta los 1190 o la totalidad de la devolución?
Muchas gracias
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Buenos días,
En su caso, si el embargo judicial es de 1.190 euros y la devolución de la renta es superior a esa cantidad, solo se embargará hasta el importe pendiente de la deuda. Es decir, Hacienda o la entidad embargante retendrá únicamente los 1.190 euros necesarios para saldar la deuda, y el resto de la devolución le será abonado a usted.
Este procedimiento se basa en el principio de responsabilidad limitada en los embargos, según el cual únicamente se puede retener lo estrictamente necesario para cubrir la deuda.
Si su devolución de la renta es inferior a los 1.190 euros, se embargará la totalidad de la misma y el embargo continuará hasta completar el importe adeudado.
Si tiene cualquier otra duda, puede contactar con nosotros.
Espero haberle ayudado.
Un saludo
Lda. Cristina González
En su caso, si el embargo judicial es de 1.190 euros y la devolución de la renta es superior a esa cantidad, solo se embargará hasta el importe pendiente de la deuda. Es decir, Hacienda o la entidad embargante retendrá únicamente los 1.190 euros necesarios para saldar la deuda, y el resto de la devolución le será abonado a usted.
Este procedimiento se basa en el principio de responsabilidad limitada en los embargos, según el cual únicamente se puede retener lo estrictamente necesario para cubrir la deuda.
Si su devolución de la renta es inferior a los 1.190 euros, se embargará la totalidad de la misma y el embargo continuará hasta completar el importe adeudado.