Embargo del piso alquilado

Realizada por Roxana. 1 may 2014

Estimado/a Sr./Sra.,


Soy arrendataria de un piso en Palma de Mallorca. Firmé el contrato de alquiler hace un año y el arrendador era una promotora. El pago de la renta se realizaba como recibo domicilado en mi cuenta bancaria.



Sospecho que se ha realizado el embargo del inmueble por la falta de pago de las deudas del arrendador, porque un banco ha empezado a mandarnos por correo las facturas de alquiler y a cobrar la renta directamente desde mi cuenta bancaria.


Sin embargo, no he recibido notificación por ninguna de las partes, ni banco, ni antigua promotora, ni juzgado ejecutorio.



¿Qué pasos tengo que hacer a continuación?



Muchas gracias.

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Buenos días:
En primer lugar, diríjase al Registro de la Propiedad y pida una nota simple de la vivienda en cuestión, para poder comprobar los siguientes datos:
- Titularidad actual del inmueble: si el banco ha embargado y se ha adjudicado el piso, allí constará, así como desde cuando, en virtud de qué resolución judicial.
- Si su arrendamiento figura inscrito.

Si el banco resulta que sí es el propietario actual, habría que ver si se ha producido una subrogación del banco en lugar de la promotora en la posición de arrendador en el contrato de alquiler. Para ello es necesario conocer la fecha exacta en que Ud. firmó el contrato con la promotora, así como determinadas cláusulas contractuales.

Por ello, si lo desea, tras solicitar y obtener la nota simple, puede contactar con nosotros para que le asesoremos sobre cuál es la situación actual.

Saludos cordiales.

Lex Situs Abogado en Algeciras

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