Embargo de nómina y cuenta corriente, ¿qué puedo hacer?

Realizada por Juan Carlos. 21 mar 2013

Mi caso es que tengo varios créditos impagados, a raíz de lo cual tengo la nómina embargada. Poseo una única cuenta corriente en la que se realizan los ingresos mensuales de la nómina (ya embargada) y para efectuar pagos de recibos domiciliados. A día de hoy, 21 de marzo, el juzgado ha procedido a embargarme la cuenta corriente del banco. Mis preguntas son:

¿Teniendo la nómina embargada y solo esta cuenta cuyas únicas entradas de dinero son procedentes de la nómina, es legal realizar el embargo de la cuenta?

En caso de que no sea legal, ¿puedo personarme en el juzgado y presentar un escrito de reclamación sin necesidad de abogado y procuradores?

En el caso de poder presentar la reclamación, ¿qué tipo de escrito debería ser?

Gracias por sus amables respuestas.

Juan Carlos.

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Esta es una cuestión susceptible de interpretación y que por lo general depende del criterio de cada Secretario Judicial. Si no está conforme debe ponerlo en conocimiento del Juzgado oponiéndose a la medida y, en su caso, interponer recurso.

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