Embargo de cuenta corriente por orden judicial, ¿pueden retenerme todo el saldo?

Realizada por ANA. 27 jun 2013

Tengo una orden judicial de embargo de la única cuenta que tengo, cuyos ingresos proceden exclusivamente de la renta activa de inserción (426 euros de prestación). El banco me ha retenido el saldo en la fecha que figura en el embargo (3.20). ¿Puede la entidad bancaria retenerme todo el ingreso de la prestación de 426 euros la próxima vez que me la ingresen? Es decir, si después de retenerme este saldo, ¿pueden seguir reteniéndome todo lo que entre por esta prestación con esta orden del juzgado y sin que el juzgado tenga que volver a decir que se embargue mi cuenta?

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Puede acudir al juzgado y solicitar personalmetne una comparecencia haciendo constar su situación, para que reduzcan el embargo.

Asesores Legales Alcalá 59 Abogado en Madrid

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