El abogado de oficio no se decide si tomar mi defensa o no

Realizada por josescocia. 13 feb 2014

Buenas, tengo un abogado de oficio, y después de entrevistarme con el me dice que no sabe si tomara mi defensa o no, el motivo, tendría que hallarlo con el decano del colegio de abogados para ver la procedencia del asunto, el hecho es que según sus palabras es que el no puede tomar una prueba que vulnera el código deontológico, el caso es que esta prueba me llego a mi correo electrónico a través de la que era mía abogada, en la cual entre ella y la abogada de la parte contraria, deciden presentarme un convenio de unas medidas de régimen de visitas y una pensión de alimentos muy desfavorables y en contra de lo que en el auto ya se recogían, a cambio de no denunciarme por maltrato, en el que dicen "que tendrá que estar firmado antes de 24 horas"y como yo he defendido en todo momento de que me acuso de falsos malos tratos para que dejase de ver a mi niño, hecho que viene poniéndose de manifiesto por el reiterado incumplimiento del régimen de visitas por parte de ella, hechos que tengo denunciados, pero archivados, hoy sin ir mas lejos tengo una grabación en la que dice que no me entrega mi niño de 3 años porque el no quiere y ademas esta cansado. que se puede hacer con todo esto estoy pensando de cogerme un buen abogado privado.

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Buenos días:

Habría que conocer mucho mejor los detalles de su caso, pero la confidencialidad en las comunicaciones letrado cliente y letrado-letrado no es, pese a lo que le pueda parecer a priori, una cuestión baladí.

Ahora bien, Ud, no concreta el tipo de procedimiento en el cual querría aportar dicha prueba. Según las circunstancias del caso, habría que valorar los derechos en juego.

No es que queramos ser corparitivistas, por supuesto que no es que los derechos de los abogados estén por encima de los de ningún otro ciudadano. Lo que sucede es que los abogados representamos intereses ajenos y por ello tenemos un estatuto profesional, un deber de confidencialidad y un código deontológico.

Si se trata de un procedimiento penal, Ud. debe intentar valerse de todas la pruebas que estén a su alcance, es lo lógico y razonable. Si no obtiene autorización del Colegio de abogados y su abogado de oficio no quiere aportar la prueba, renuncie a dicho abogado y busco a otro que sí esté dispuesto a hacerlo.

Saludos cordiales.

Lex Situs Abogado en Algeciras

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El abogado por encima de todo, su persona por encima de la verdad el código deontológico por encima de todos los derechos, y deberes aunque en la defensa de esta se lleve por delante las demás normas supremas, pues bien ataquemos este código con razones legales y pongamos en cuestión la buena praxis del profesional y pongamos en riesgo su persona, díganos que tales decisiones pueden tener consecuencias penales, a ver entonces qué pasa. A todo esto mi desesperación me ha llevado a hablar con el secretario y con el juez del proceso y pendiente de ver al fiscal a todo ello el juez me ha dicho e respuesta a lo que yo le hago llegar, en la que le digo que los abogados no me quieren tomar dicha prueba, me ha contestado que la presente en su juzgado que él la verá. Digo yo a ver si se le diera traslado al abogado y se le presentara la disyuntiva de tener que decidirse en acatar el código deontológico o estar atento a lo que el CP en su artículo 465 y 467 dice. Señores abogados, con todos mis respetos la ética y el buen hacer profesional y el descubrimiento de la verdad está por encima de este estatuto. Por eso, cuando un abogado no le importa de ir en contra de otro abogado con los fines y medios correctos, se le llama Robin Hood seguro que todos conoceréis a este renombrado abogado, que se enfrentó al decano de Valladolid y lo tumbó. Proteger a los que no hacen las cosas bien no dignificará nunca la profesión, al revés, crecerá la desconfianza.

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En este momento espere a que resuelva sobre la procedencia o no de su asunto. Confíe en su abogado. Suerte y un saludo.

Myriam Arboledas Abogado en Murcia

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Es una caso típico para la comisión deontológica. Simplemente, hay que esperar.

Fdez. Nevado&Asociados Abogado en San Lorenzo de El Escorial

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Hola, si de acuerdo, a lo mejor esa prueba por sí sola no vale para que justifique que ha habido una acusación falsa por violencia de género, pero si como yo defiendo que la acusación que ella me hace es falsa, y que el interés esta guiado por que deje de ver a mi hijo, y si además de esa prueba, la complemento con varias incumplimientos del régimen de visita, una demanda que pone pidiendo una reducción del régimen de visitas tratando de reducir lo que ya se consiguió por un auto en un juicio rápido y si todo ello se le añade además una grabación con la voz de la madre y que obra en mi poder en la que ella se niega a entregar a mi hijo aduciendo que el crío de 3 años aunque ha dormido y esta descansado, el niño dice que no le apetece salir, todo ello no sería carga suficiente para entrever lo que yo vengo defendiendo desde el principio (quiere que no vea a mi hijo, y por ello me acusa de maltrato) si después de lo expuesto esa prueba no tiene el suficiente valor probatorio por sí sola, pero apoyadas en las otras si no, y para armarte a la hora de justificar que hubo acusación falsa y mala fe.

Además esta prueba en cuestión sí que podría junto con las demás para hacer valer mis pretensiones que también son conseguir un régimen de visitas más amplio, por todo y con ello es una prueba que debería tenerse en cuenta ya que viene a ser una prueba válida donde no se ha violentado ningún derecho en la obtención de la misma, no creo que pueda ser que se vea como un posible delito o falta de coacciones y valida de derecho según me hacen saber abogados que me han asesorado , pero a la hora de proceder me digan que va en contra del código deontológico de la abogacía, por ello yo digo, ¿para qué vale entonces la jerarquía de las normas? Como son el CP o el art. 24 de la CE, además también estarían incurriendo en una falta disciplinaria y en un delito si se niegan en aceptar una prueba donde según los mismos abogados se ven visos como mínimo de una falta penal. Que me podrían aconsejar en todo esto estoy ya harto de esta situación se, me está perjudicando mucho con todo esto y claro está a mi hijo.
Muchas gracias.

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Buenas tardes:

Suscribiendo lo comentado por el compañero, pero añadiendo que realmente nuestro Código Deontólogico prohibie expresamente aportar al procedimiento las comunicaciones entre abogados, independientemente de como sea la vía por la que Ud. la haya obtenido.
SI su abogado aporta dicho correo electrónico podría presentarse una queja ante el Colegio de Abogados e incluso llegar a ser sancionado disciplinariamente.

Saludos cordiales.

Lex Situs Abogado en Algeciras

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Jose, en primer lugar esa prueba que comentas no es definitiva por varias razones: la primera, porque quienes negocian son los abogados, no tu expareja y, por tanto, ellos no tienen porque saber cual es la realidad. En segundo lugar, porque el hecho de que ellos propongan no denunciar algo no demuestra que ese algo no exista... por ejemplo, yo puedo pedir a alguien que me ha agredido que me indemnice a cambio de no denunciarle, pero eso no significa que la denuncia sea falsa. Te digo esto para que entiendas que, al fin y al cabo, esta prueba no es tan importante para tu defensa como para que te compliques la vida así. Es decir, aunque se aportara finalmente como prueba no demostraría que la denuncia sea falsa. Dicho esto, habrá que esperar en cualquier caso a qué dice la comisión de odontología sobre si se puede aportar o no la prueba.

S&N assessors Abogado en Vilafranca del Penedès

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