El 30 termina mi contrato y llevo 7 meses sin cobrar, ¿qué hago?

Realizada por Maria García. 19 sep 2012

El dia 14 me notificaron la terminación de mi contrato por obras y servicios para el próximo dia 30 de septiembre. No me pagan la nómina desde el pasado mes de marzo incluido. Trabajo para una ONL y mi proyecto lo financia la Junta de Andalucía pero no nos ha pagado.(aunque quien me contrata es la ONL). ¿Tengo derecho a subsicio por desempleo? ¿Qué debo hacer para asegurarme de que algún día me pagaran?¿Puedo acceder al subsicio sin tener estas nóminas firmadas ni cobradas?

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Buenas tardes,
Deberías iniciar una demanda laboral contra ellos, donde iríais en primer lugar a un acto de conciliación, para intentar llegar a un acuerdo de pago con la empresa, y si aún así no paga, pues entonces ya acudir a los Juzgados de lo Social. Te recomiento que acudas cuánto antes a un Abogado especializado en la materia, ya que las cantidades que te deban sólo se pueden reclamar de un año anterior, así te aseguras que no prescriba tu acción de demanda.

Un saludo,
Rosa Mª Viera Pérez-Abogada en ROMAVIPE ABOGADOS.

Romavipe Abogados Abogado en Aldaia

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No esperes, tienes un plazo de 1 año para reclamación de cantidad. Un saludo

Bufete Asegurado & Asociados Abogado en Madrid

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Buenos Tardes,
Respecto del impago de salario, debes de proceder a su reclamación por vía judicial. El procedimiento para ello es el siguiente:
-Presentación de la demanda ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación de tu ciudad. DIcho servicio te convocará a acto conciliación y en caso de que no haya acuerdo con la empresa, se levantará la correspondiente acta haciendo constar dicho extremo.
- Una vez intentado el acto de conciliación debes interponer una demanda de cantidad ante los Juzgados de los Social, para reclamar las cantidades correspondientes a los salarios que no te han abonado durante los últimos meses.

Obtenida la sentencia, se intentaría la ejecución de la misma por parte del Juzgado si la empresa no procede al pago voluntario de las cantidades debidas. Si durante el procedimiento de ejecución se constata la insolvencia de la empresa existiría la posibilidad de reclamar al FOGASA el porcentaje establecido legalmente.


Respecto de al solicitud de la Prestación por Desempleo, informarte que el hecho de que no hayas cobrado los últimos salarios no es inpedimento alguno para que puedas acceder al recibo de la misma, siempre y cuando cumplas el resto de requisitos establecidos para el acceso a esta prestación.

Un saludo.
IR Lex Abogados

IR Lex Abogados Abogado en Murcia

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No importa que no estén firmadas, existiendo la relacion laboral tienen la obligación de pagar. Deberás acudir al servicio de mediación y arbitraje laboral de tu comunidad autónoma ( SMAC) y pedir el pago de dicha cantidad, te dan cita para un día y hora para conciliar y si la empresa no va o no accede,con el certificado que te dan acudes a la vía judicial, al juzgado de lo social en reclamacion de estas cantidades.

NO es neceasario acudir con abogado, aunqeu sí resulta aconsejable desde el principio para estar adecuadamente asesorado y saber exactamente las cantidades a reclamar.

Quedamos a su disposición si está interesado en iniciar este trámite.

Asesores Legales Alcalá 59 Abogado en Madrid

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Formule una reclamación de cantidad contra la Empresa ante la jurisdicción laboral por los salarios no percibidos.

En cuanto a la prestación por desempleo, según el tiempo cotizado tendrá derecho o no a la prestación o subsidio. Para acreditar que no le paga, formule,además una denuncia ante la Inspección de Trabajo y, así el INEM no le pondrá problemas por no tener las últimas nóminas.

Reciba un cordial saludo

Ana García Vázquez Abogado en Madrid

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Tienes un año para poder reclamar las cantidades judicialmente desde que te las adeudaron, aunque te recomiendo que no lo retrases más y inicies cuanto antes el procedimiento.

El primer paso siempre es intentar una conciliación a través del Servicio de Mediación y Arbitraje de tu provincia (SMAC), una vez celebrado el acto, si no se ha llegado a acuerdo deberás interponer una demanda ante los Juzgados de lo Social.
Le aconsejo que acuda a un abogado para que reclame las cantidades, aún siendo preceptiva la asistencia letrada en estos procedimientos siempre un letrado podrá defender mejor sus intereses.

Quedamos a su disposición para cualquier consulta que desee realizar.

Un saludo.

Esther González Medina Abogado en Valencia

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